Los solicitantes deben acreditar una estancia mínima de seis meses

El Periodico, , 15-05-2007

EL PERIÓDICO

Pueden solicitar la ayuda todos los extranjeros, tanto en situación legal como irregular, que acrediten, a través del padrón u otras vías, una estancia de medio año en Catalunya. Deben solicitar un informe social a los servicios municipales o a alguna oenegé acreditada, que luego valorará la Secretaria per a la Immigració.
El presupuesto destinado para el programa durante este año se ha doblado respecto al 2006 y se sitúa en los 200.000 euros. La Secretaria per a la Immigració da prioridad a aquellos casos donde las personas que retornan son víctimas de malos tratos alojadas temporalmente en casas de acogida para evitar reincidencias.

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