Aragón crea inspectores que controlarán las actividades juveniles subvencionadas

ABC, 18-03-2007

MANUEL TRILLO

ZARAGOZA. La nueva ley aragonesa de Juventud, aprobada recientemente en las Cortes, establece un régimen de inspección y sancionador que permitirá a la Administración, entre otras facultades, controlar las actividades subvencionadas e imponer multas de hasta 100.000 euros y clasurar centros juveniles que «promuevan el racismo, la xenofobia y la violencia», entre otros motivos de infracción muy grave.

Con esta norma, la quinta de este tipo que saca adelante una Comunidad, se pretende recoger el «carácter integral» de las políticas de Juventud, a las que se garantiza un incremento anual de recursos nunca inferior al porcentaje de crecimiento del Presupuesto autonómico.

La ley entiende por joven a las personas de entre 14 y 30 años, si bien en lo que se refiere a emancipación del hogar familiar se extiende hasta los 35.

La actuación inspectora y las sanciones, con las que se busca dotar de eficacia a la ley, ocupan todo el Título VI. La inspección será ejercida por «funcionarios debidamente acreditados», si bien el Instituto Aragonés de la Juventud podrá «habilitar temporalmente, entre su personal, inspectores y coordinadores en materia de actividades juveniles de tiempo libre que colaboren en el ejercicio de estas funciones». Tendrá entre sus funciones verificar que se cumplen las condiciones de autorización de las instalaciones juveniles, comprobar las reclamaciones o denuncias y controlar el desarrollo de actividades juveniles objeto de ayuda pública.

En caso de riesgo inminente de perjuicio grave para los usuarios o incumplimiento grave de la normativa, el órgano competente podrá establecer el cierre cautelar del centro o servicio y la suspensión temporal, total o parcial, de la percepción de subvenciones.

Si en el expediente abierto se aprecia infracción muy grave, se castigará con multas de entre 30.001 y 100.000 euros y la imposibilidad de obtención o, en su caso, suspensión hasta por doce meses de la autorización para el desarrollo de actividades.

Además, podrán conllevar como sanciones accesorias la clausura de la instalación de forma definitiva o por más de cuatro años o menos de ocho; la inhabilitación definitiva o por período superior a cuatro años del personal titulado en promoción juvenil o la inhabilitación para percibir subvenciones de la Administración durante un período de cinco a diez años.

Se consideran infracciones muy graves la negativa u obstaculización que llegue a impedir la labor inspectora, las previstas como graves cuando exista grave riesgo para la salud o la seguridad , haber sido sancionado por tres o más faltas graves en un año y llevar a cabo actividades que promuevan el racismo, la xenofobia y la violencia. La diputada del PAR María Herrero, principal impulsora de la nueva norma, explica que de esta forma se cubre un «vacío legal».

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