Editorial
¿'Chinatown' en Barcelona?
El Periodico, 26-02-2007La proliferación de comercios regentados por ciudadanos de origen chino en la derecha del Eixample es, desde hace años, una realidad evidente. Y no solo hablamos de negocios relacionados con el textil o tiendas de las llamadas de todo a cien, sino otros establecimientos, como restaurantes, zapaterías o centros de masaje. Se ubican preferentemente en la calle de Trafalgar (en una zona que ya se conoce como Chinatown), pero también en otras vías, como Alí Bei, Casp o Ausiàs March, en los límites entre el Eixample y Ciutat Vella. Ade –
más, parece ser que estos negocios también se extienden por otros barrios, alejándose de esta manera del modelo establecido en otras ciudades occidentales en los que se concentran en espacios delimitados.
Los comercios chinos, por llamarlos así, han experimentado cambios desde su llegada a Barcelona. Si se han desarrollado extraordinariamente, también es verdad que han diversificado su oferta. De las primeras tiendas especializadas en productos orientales se ha pasado a una tienda de proximidad en la que el consumidor puede hallar una oferta más amplia, desde menaje a cosméticos o ropa. De los primeros negocios al por menor se ha pasado a una red de almacenes al por mayor que, según algunas denuncias, también abastecen de material al top manta.
Las protestas ciudadanas, más o menos organizadas, más o menos visibles, se han ido acentuando. La Asociación por un Eixample Sostenible, por ejemplo, alegó en su momento que la implantación de estos negocios amenazaba con diluir la identidad del barrio y con provocar problemas de convivencia. Esta defensa del comercio tradicional, avivada por determinados grupos políticos, fue percibida por la organización SOS Racismo como una actitud xenófoba, que incidía en la procedencia de los comerciantes como causa del problema. Ante estas posturas, el ayuntamiento ha mantenido la idea de no limitar la actividad comercial siempre que esta se ajuste a la normativa.
Sin embargo, aun cuando los planes de usos ni pueden ni deben contemplar el territorio de donde proceden los propietarios de los comercios, la Administración tiene la obligación de establecer algún tipo de regulación que pasa, ante todo, por el respeto a la legalidad y, después, por un modelo de inspección intachable. Y, por supuesto, por la definición de una idea global de la ciudad y el comercio que queremos.
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