Las empresas de envío de remesas tendrán que identificar a sus clientes desde el lunes

ABC, 10-02-2007

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MADRID. Las casas de cambio de monedas y transferencias con el exterior deberán identificar desde el próximo lunes a todas las personas que realicen operaciones, mediante la presentación del DNI, la tarjeta de residencia o el pasaporte el vigor, con el fin de evitar operaciones de blanqueo de capitales.

La orden del Ministerio de Economía sobre prevención de blanqueo de capitales, que se aprobó el pasado 28 de julio, obliga a las entidades de cambio de moneda a guardar copia de los documentos de identificación. También las personas jurídicas o físicas que en su nombre actúen deberán también ser identificadas.

Las operaciones de cambio de moneda extranjera, tras la masiva llegada de inmigrantes a España, han experimentado un gran crecimiento por el envío de remesas a sus países.

La ley regula también que en el supuesto de que las operaciones de un mismo cliente superen los 3.000 euros por trimestre, se llevarán a cabo medidas adicionales de identificación, orientadas a conocer la actividad o actividades que justifican la titularidad de los fondos que se manejan.

Igualmente, incluye obligaciones específicas para las prestadoras de este tipo de servicios, con el fin de mejorar el conocimiento de sus clientes, la conservación de la documentación de las operaciones realizadas y precisar los mecanismos de control interno.

El departamento de Pedro Solbes asegura que la nueva regulación incrementa «notablemente» la transparencia y seguridad de estos movimientos sin perjudicar los legítimos intereses de los trabajadores inmigrantes y sus familias.

En este sentido, asegura que el Gobierno ha tenido en cuenta ambas circunstancias a la hora de regular el sector de manera que, sin perjudicar el flujo normal de fondos remitidos por los extranjeros residentes en España, se pueda luchar eficazmente contra el posible uso para blanquear capitales.

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