Múgica critica que los jueces traten como adultos a los menores inmigrantes

El Defensor del Pueblo lamenta el envío masivo de jóvenes a Canarias

La Razón, 31-01-2007

Madrid – No es la primera vez que el Defensor del Pueblo, Enrique Múgica,
pone la lupa sobre la situación de los menores inmigrantes y encuentra
«fallos» en la aplicación de la ley. La última queja que ha hecho llegar
al Consejo General del Poder Judicial pone al descubierto algunos
incumplimientos de la ley por parte de policías y jueces, a los que acusa
de tratar como adultos a menores extranjeros cuando llegan a Canarias,
aunque no aclara en cuántas ocasiones. Es decir, se les incoa una orden de
expulsión y son trasladados a centros de internamiento de la Península sin
que les realicen ninguna prueba ósea cuando, en realidad, todo foráneo con
menos de 18 años debería pasar a ser tutelado por una comunidad y a un
centro de protección de menores. A los nueve meses dispondría de la
residencia legal.
   La Comisión Española de Ayuda al Refugiado y SOS
Racismo fueron los que pusieron sobre aviso a Múgica. Fue entonces cuando
la institución decidió abrir una investigación que confirmó el motivo de
la denuncia, aunque no da cifras de casos. Después de pedir informes a la
Delegación del Gobierno en Canarias y a la Fiscalía General del Estado, el
Defensor del Pueblo ha sacado como conclusión que la prueba ósea para
determinar si un extranjero tiene menos de 18 años se realiza porque el
propio indocumentado dice que es menor o porque el juez percibe que podría
serlo y al preguntarle por esta circunstancia el foráneo responde que si.
Ahora bien, el que a un juez simplemente le haya podido parecer un
inmigrante menor no ha dado lugar a que, de oficio, el magistrado le envíe
al hospital para que le realicen las pruebas radiológicas
correspondientes. Incluso Múgica ha pedido a la Policía que pregunte sobre
la edad a los menores.
   Y es que los menores pueden no alegar su
minoría de edad «por no separarse de las personas con las que efectuó el
trayecto hasta España o por miedo a que, si informa de su minoría de edad,
pueda no ser trasladado a la Península». Múgica advierte al órgano de
gobierno de los jueces que «las consecuencias personales y jurídicas de
tratar a un menor como si fuera adulto son graves y suponen un
incumplimiento de la normativa». Es más, afirma que «la argumentación de
que no se conocía el dato de que la persona a la cual se estaba incoando
un expediente de expulsión o ingresando en un centro de internamiento era
un menor no puede justificar las consecuencias negativas para el
inmigrante y el incumplimiento de la ley». Estos adolescentes podrían
obtener la residencia tras nueve meses de tutela de la Administración pero
su periplo por centros de internamiento y hasta que se acuerda su
desamparo como menores hace que algunos, al límite de la mayoría de edad,
lleguen a los 18 años sin poder obtener la documentación en «total
desprotección» y les convierte en «candidatos fáciles a la marginalidad».
   

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