La UE impide que España efectúe controles en la frontera francesa

La Voz de Galicia, 13-10-2006

SIGUE EL ÉXODO HACIA CANARIAS.


Una nueva oleada de inmigrantes llegó ayer a las islas. A Tenerife arribaron 128 en dos cayucos. En Fuerteventura, 69 fueron rescatados del agua. Otros 25 llegaron a El Hierro.


El Ministerio del Interior deberá suprimir esta semana todo tipo de controles en las fronteras interiores con Francia y Portugal y en los vuelos procedentes de países de la Unión Europea en busca de inmigrantes indocumentados. Las autoridades europeas ya han advertido al Gobierno español que hoy entra en vigor el reglamento CE 562/2006, que desarrolla el acuerdo de Schengen de 1985, y que prohíbe cualquier inspección que no sea por motivos de estricta seguridad pública.


El nuevo reglamento europeo proscribe la hasta ahora habitual práctica de la policía nacional de realizar «inspecciones aleatorias» en las cercanías de la frontera gala para bloquear a las decenas de autobuses procedentes del este de Europa con inmigrantes irregulares, principalmente rumanos y búlgaros. Sólo el pasado año España solicitó al país vecino la readmisión de 52.017 clandestinos interceptados en este tipo de controles, que hasta hoy no estaban prohibidos de manera expresa por ninguna normativa comunitaria, pero que habían provocado las quejas europeas porque limitaban la libre circulación dentro del conocido como espacio Schengen.


El artículo 20 del nuevo reglamento, titulado « Cruce de fronteras interiores» , es tajante: «Las fronteras interiores podrán cruzarse en cualquier lugar sin que se realice inspección alguna de las personas, cualquiera que sea su nacionalidad». Desaparece, por tanto, también el concepto de paso fronterizo entre los países europeos.


La normativa insiste en varios puntos en la «supresión del control en las fronteras interiores», y en que estas inspecciones también estarán prohibidas en las denominadas «zonas fronterizas», las áreas cercanas al límite territorial.


El reglamento, en su artículo 21, aclara que el veto de estas inspecciones no está reñido con el «ejercicio de las competencias de policía de las autoridades». Los gobiernos podrán realizar controles en las fronteras interiores sólo cuando tengan noticias sobre «posibles amenazas a la seguridad pública» o para «combatir la delincuencia transfronteriza».


En cualquier caso, reitera la normativa, estos controles deben «estar concebidos y ejecutarse de modo claramente diferenciado de las inspecciones sistemáticas de personas en las fronteras exteriores». Por ello, la Unión Europea especifica que en el caso de que haya controles por razones de seguridad cerca de los confines, estos deberán ser siempre aleatorios y nunca estar instalados de manera permanente.

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