Absueltos 3 acusados de no dejar entrar a su tienda a personas de etnia gitana

Diario de Navarra, 04-10-2006

Absueltos 3 acusados de no dejar entrar a su tienda a personas de etnia gitana

La fiscal había acusado a una mujer y sus hijos, de Lizaso, de discriminación

Una mujer y sus dos hijos han sido absueltos de un delito contra los derechos fundamentales y libertades públicas del que les acusaba la fiscal, para quien no habían permitido dejar entrar en su tienda de Lizaso a personas de etnia gitana por discriminación. Sin embargo, para la titular del Juzgado de lo Penal número 3 de Pamplona «las disputas no acreditan que lo fueran por razón de la etnia».

LAURA PUY MUGUIRO. PAMPLONA.



En su sentencia, la juez indica que «ante una falta absoluta de pruebas» se debe dictar una sentencia absolutoria, y sobre el caso expone que debe absolver a los acusados porque «las pruebas aportadas no quiebran la presunción de inocencia». La fiscal había solicitado dos años de inhabilitación para poder regentar el establecimiento y la defensa, la absolución. Sus clientes habían reconocido «haber tenido problemas y enfrentamientos concretos con determinadas personas, a las que habían sacado de su tienda, no por el hecho de pertenecer a una determinada etnia sino por los incidentes y problemas creados».

La juez también resalta que en las declaraciones de los testigos de la acusación se han producido «contradicciones» y no así entre los testigos de la defensa.

De los primeros dice que «algunos incurren en la contradicción interna» cuando mantienen que no entran en la tienda porque no les dejan entrar, que no han entrando nunca y que han sido echados de la tienda, «manifestación que en sí misma resulta intrínsicamente contradictoria».

Añade que los testigos de la defensa han identificado a algunos de los testigos de la acusación como «personas a las que han visto comprando en el interior de la tienda». «Relatan incidentes de insultos, gritos e incluso amenazas a alguno de los acusados». Además, recuerda que uno de los testigos de la defensa relató que vio uno de esos incidentes cuando dos de esas personas de la acusación no entraron en la tienda «porque no quisieron, pese a decirles la acusada que atendía la tienda que lo hicieran».

La juez considera en la sentencia que dadas las versiones contradictorias no existen motivos para dar más visos de veracidad a la versión de los denunciantes «y por tanto los de la acusación sobre la defensa».

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