Cientos de miles de expedientes de extranjería se han realizado con formularios inválidos

Las Provincias, 02-10-2006

MELCHOR SÁIZ-PARDO/ MADRID

El Gobierno ha tramitado centenares de miles de expedientes de extranjería con formularios inválidos. Todos los documentos oficiales para permisos de residencia, trabajo, reagrupación o estudios invocan una legislación derogada en febrero de 2005. Las páginas web de Trabajo e Interior también incluyen esos formularios. Un despiste o simplemente desidia. La Administración central ha tramitado con formularios inválidos centenares de miles de expedientes, quizás millones, relativos a los principales trámites de extranjería. Desde hace 20 meses, todos los documentos oficiales disponibles para pedir autorizaciones de residencia, trabajo, reagrupaciones familiares o permisos de estudios, entre otras gestiones, invocan una legislación que el propio Gobierno de Rodríguez Zapatero derogó a principios de 2005.


Los modelos de formularios afectados por el error jurídico identificados son trece. Se trata de los más importantes y más usados por cualquier extracomunitario en su relación con la Administración y por cualquier empresario que quiera contratar legalmente a un inmigrante: autorización de residencia y autorización de trabajo y residencia (EX – 01), autorización de residencia y de excepción de autorización de trabajo (EX – 02), autorización administrativa para trabajar (EX – 03), oferta de empleo para trabajadores extranjeros (EX – 04), oferta de empleo para autorización de trabajo de temporada (EX – 05), autorización de estancia por estudios (EX – 06), autorización de regreso (EX – 07), título de viaje o cédula de inscripción (EX – 09), informe para reagrupación familiar (EX – 10), informe gubernativo para estancia de menores (EX – 11), prórroga de estancia (EX – 12), certificados (EX – 13) y solicitud del número de identidad de extranjero (N.I.E.) (EX – 14).


En todos estos documentos –y no hay otros disponibles en las oficinas de Trabajo, Administraciones Públicas o Interior de todo el país– se justifica la solicitud correspondiente en virtud del reglamento derogado de la ley de extranjería (864/2001).


Este real decreto, sin embargo, quedó sin efecto legal alguno el 7 de febrero de 2005, el día que entró en vigor el nuevo reglamento de la ley de extranjería 2393/2004 aprobado el 30 de diciembre de 2004. Precisamente, esta nueva legislación incorporaba una ‘disposición derogatoria única’ que anulaba de manera expresa el anterior reglamento y todas “las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en este real decreto”.


Las dos principales páginas web de la Administración que distribuyen estos documentos no se han adaptado a la nueva normativa. Todavía ayer en el portal del Ministerio del Interior y en el de Trabajo están disponibles los formularios inválidos a pesar de que el cambio de la legislación no supondría desembolso alguno, pues hace meses que la Administración no imprime de forma masiva estos impresos.

Texto en la fuente original
(Puede haber caducado)