La anomalía de la orden del Supremo que solo permite votar a los nacionalizados por la ‘ley de nietos’ que viven en España
La decisión del tribunal divide los derechos de familias, como la de las hermanas Pérez, españolas por su abuelo emigrado a Cuba: Mabel no podrá votar porque está inscrita en el CERA y Lourdes mantiene el derecho al sufragio porque vive en Sevilla
El País, , 14-10-2026La decisión de Tribunal Supremo de suspender el derecho al voto de los nacionalizados por la ley de nietos deja un reguero de situaciones anómalas a mes y medio de las elecciones generales del 29 de noviembre. La primera y fundamental, la existencia de 163.020 españoles inscritos en el censo a los que se les ha retirado el derecho a votar por un procedimiento en el que no se les ha dado audiencia. Pero de esa medida general brotan otras situaciones paradójicas como la de españoles nacionalizados por la Ley de Memoria Democrática de 2022 que votaron en las generales de 2023 o en cualquiera de las autonómicas celebradas desde entonces y a los que ahora se les prohíbe hacerlo; hijos o nietos de exiliados por razones políticas a los que el propio Supremo reconoce el derecho al voto, pero que no van a poder participar en las elecciones porque los consulados no tienen medios para expedir el certificado que requiere el tribunal; y también hay una paradoja sobre la que ni el PP ni Vox ni el Supremo han puesto el foco: españoles que obtuvieron la nacionalidad por la ley de nietos, pero viven en España y votan en cualquiera de las 52 circunscripciones españolas.
Esa anomalía la sufre Mabel Graciela Pérez, que admite sentirse “rara” al ver cómo sus hermanos, sobrinos y primos, que viven en España, pueden votar, mientras que ella, que decidió quedarse en Cuba, tiene suspendido ese derecho. Le duele la distinción entre ciudadanos que pertenecen a una misma familia y considera que la situación es “injusta”. Al otro lado del Atlántico, en Sevilla, su hermana Lourdes Nelba Pérez sí podrá acudir a las urnas el próximo 29 de noviembre. Su sobrina, Annia Rosa Pérez, de 28 años, que lleva cuatro años viviendo en España, califica la decisión del Tribunal Supremo como un “retroceso”. Después de ver cómo la misma familia queda dividida ante las urnas, resume la contradicción en una frase: “Somos iguales, pero no somos iguales”. “Si les dan la nacionalidad y no les dejan votar, no están reconociendo que realmente tienen la nacionalidad”, argumenta.
Annia y Lourdes en su barrio de Sevilla.
Alejandro Ruesga
La suspensión del derecho al voto dictada por el Supremo solo afecta al Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA). El tribunal ha dejado sin posibilidad de participar en las elecciones a los nacionalizados por la ley de nietos que ya estuvieran inscritos en el CERA y ha ordenado frenar la tramitación de nuevas inscripciones de personas que hayan obtenido recientemente la nacionalidad por esa vía, una medida que abona la tesis que ha aireado desde hace meses la derecha y la ultraderecha para sostener que el Gobierno prepara un pucherazo electoral a través del censo de extranjeros con nacionalidades otorgadas por la ley de nietos.
Pero ninguno de esos partidos ha cuestionado las inscripciones en el Censo de Españoles Residentes en España (CER) derivadas de esa misma ley, por lo que la Sala de lo Contencioso no cuestiona el voto de los españoles que hayan adquirido la nacionalidad con la Ley de Memoria cuando vivían en el exterior y luego se hayan instalado en España ni el de personas nacidas fuera que emigraron a España antes de que se aprobara la ley y se han acogido a ella para obtener la nacionalidad. Todos están incluidos en el CER y podrán votar el 29-N.
Toda la familia Pérez obtuvo la nacionalidad española en 2023 al amparo de la ley de nietos. La historia de ese vínculo con España se remonta al abuelo de Lourdes y Mabel, que tuvo que abandonar el país cuando todavía era un niño. “Eran de Lugo, pero cuando empezó la guerra, su papá lo montó en un barco junto a su mamá y el resto de sus hermanos y se fueron para Santiago de Cuba”, cuenta Lourdes. Huyeron para ponerse a salvo del conflicto, pero el exilio no les ahorró las dificultades. “Mandó a sus hijos a Cuba para que se salvaran de la guerra y, cuando llegaron, tuvieron que trabajar mucho, aunque eran unos niños”, recuerda.
El bisabuelo de Annia, José María Pérez Valcarcel, junto a su mujer Parmenia y sus hijos José Manuel, Luis, Denis y Arquímedes.
Cedida por la familia
El abuelo nunca regresó a España. Tampoco lo hizo su hijo, el padre de Lourdes y Mabel, que había heredado de él la nacionalidad española. La distancia no borró, sin embargo, el vínculo con el país que había quedado atrás. “Mi abuelo siempre quiso regresar a España. Ha sido un sueño que él tenía y que no se pudo hacer realidad”, señala Annia. Su madre retoma el recuerdo: “Mi papá vivió muy orgulloso de su padre, porque él nunca quiso renunciar a su nacionalidad española”. Tampoco perdió el amor por un país que nunca tuvo la oportunidad de conocer, ni dejó de sentirse español, subraya la joven. Ese sentimiento también se manifestaba en su interés por la política española. Elección tras elección, el padre de Lourdes ejercía su derecho al voto desde Cuba. “Recuerdo que a mi padre siempre le llegaban cartas del consulado y así es como votaba. Él rellenaba la papeleta y decía: ‘Llevadla al correo para que llegue a tiempo’. Se sentía muy orgulloso, para eso él era fundamental”, cuenta.
El Supremo argumentó en septiembre su orden en que el incremento “excepcional” del censo en el extranjero es fruto de una instrucción dictada por el Ministerio de Justicia que “no parece ajustarse” al contenido de la Ley de Memoria, ya que esta solo regulaba el derecho a la nacionalidad de los hijos y nietos de exiliados por razones políticas o de orientación sexual que hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad, mientras que la instrucción presupone esa condición a todos los españoles que salieron del país entre 1936 y 1955. El abuelo de Lourdes y Mabel Pérez no perdió la nacionalidad, pero ambas pudieron optar a ella porque su caso sí encaja en los recogidos en la instrucción de Justicia. Paradójicamente, Lourdes va a poder votar porque vive en Sevilla, mientras que los hijos y nietos de exiliados por razones políticas que se acogieron a la ley pero residan en el extranjero, a quienes el Supremo sí reconoce el derecho a participar en las elecciones, tienen el voto suspendido y solo podrán recuperarlo si consiguen un certificado del consulado.
El abuelo de Annia, José Manuel Pérez Fontela, en su casa de Cuba. Foto cedida por la familia.
Cedida por la familia
Annia piensa en cómo habría vivido su abuelo la situación que afrontan ahora sus descendientes. “Ya no está vivo, pero si le hubieran suspendido el derecho al voto, como está ocurriendo ahora, se habría sentido muy traicionado”, afirma. Para una familia marcada por el exilio, la suspensión del voto ha abierto una nueva fractura: la que separa a quienes pueden participar en las elecciones de quienes, aun compartiendo la misma historia familiar y la misma nacionalidad, se han quedado fuera de las urnas.
“Mi padre votó siempre”, cuenta Mabel desde Cuba. Leía los resúmenes biográficos de los distintos candidatos y estudiaba la trayectoria de cada uno antes de decidir su voto. “No votaba por lo que alguien dijera, sino por lo que él entendía que podía ser mejor para el pueblo español. Lo hacía de manera consciente”, explica. Ella, asegura, haría lo mismo. Aun así, Mabel lo tiene claro, no acudirá al Tribunal Supremo para recuperar su derecho al voto, aunque insiste en que “no hacer nada no significa que esté contenta con la decisión”.
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