Exteriores pide a los consulados “información diferenciada” de los nacionalizados por la ‘ley de nietos’ que acreditaron ser descendientes de exiliados
La Asociación de Diplomáticos Españoles reclama un incremento “urgente” de los recursos humanos y materiales para hacer frente a una nueva instrucción remitida a las oficinas consulares
El País, , 24-09-2026El Ministerio de Exteriores ha enviado a las oficinas consulares de todo el mundo las instrucciones que deberán seguir para cumplir con la decisión del Tribunal Supremo de suspender el derecho al voto de los nacionalizados por la ley de nietos. El documento les pide que remitan a la Oficina del Censo Electoral la “información” de las personas que hayan obtenido la nacionalidad española mediante el procedimiento establecido en la ley de Memoria Democrática de 2022.
El texto precisa que “deberán identificarse de forma diferenciada” aquellos naturalizados que acreditaron durante el proceso la condición de descendientes de exiliados, pero sin que se les aplicara la instrucción que publicó el Ministerio de Justicia al poco de aprobarse la llamada ley de nietos, que presupone esa condición de exiliado a todos los españoles que salieron del país entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955.
Esta nacionalización extendida, sin prueba de exilio, es precisamente el punto que cuestionaban Vox y Iustitia Europa cuando recurrieron al Supremo, aireando sin pruebas que el Gobierno está tratando de fabricar un fraude en los próximos comicios a base de engordar el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA).
La instrucción remitida por Exteriores, a la que ha tenido acceso EL PAÍS, ha sido elaborada por la Oficina del Censo Electoral, y está firmada por la presidenta del Instituto Nacional de Estadística, Elena Manzanera, el pasado día 18 de septiembre, cuatro días después de que la Junta Electoral Central acatara el mandato del Supremo.
El documento fue enviado por Exteriores a principios de esta semana mediante telegrama a las oficinas de la red consular, según fuentes diplomáticas. Su remisión supone un primer paso, a nivel de los consulados, para diferenciar, a través del examen de los expedientes individuales, a quiénes les corresponde la certificación acreditativa de la condición de exiliado de su antepasado; con ella se les permitiría votar.
En la instrucción, no obstante, se explica que en un plazo de entre dos y cinco semanas se indicará la plataforma informática habilitada para el procedimiento. Por tanto, según una fuente diplomática, en los consulados aún no se pueden poner manos a la obra.
Mientras tanto, la decisión del Supremo sigue su curso jurídico, después de que la Abogacía del Estado presentara el martes un recurso ante el alto tribunal. Aunque este no prospere, sí abriría la puerta a elevar el caso al Tribunal Constitucional para denunciar la vulneración del derecho al voto, un derecho fundamental recogido en la Constitución.
La orden pide, además, que se remita a la Oficina del Censo Electoral tanto la información de las personas que ya se encuentran inscritas en el CERA, como la de aquellas nacionalizadas que aún no han sido inscritas en él. Y reclama el envío semanal de un fichero con la información remitida por las oficinas consulares correspondiente a las personas ya incorporadas en el CERA.
“Estos envíos semanales se mantendrán hasta que se haya remitido toda la información”, señala. Y pide también que este fichero contenga “la´ totalidad de los datos incorporados en el movimiento que dio lugar al alta en el CERA”, y una nueva variable que identifique “el supuesto de adquisición de la nacionalidad”. Esto es, distinguir cuando exista “certificación” de exiliado, sin haberse aplicado la presunción, y cuando no la haya.
Y, entre tanto, el tiempo corre: en la medida en que los consulados puedan realizar la tarea indicada en la instrucción, podrán ejercer su derecho al voto quienes ahora mismo lo tienen en suspenso, tras la decisión adoptada por el Supremo.
El cribado caso por caso no será sencillo y supone la exigencia de una tarea adicional a los consulados “cuando ya se encuentran en una situación crítica de recursos y medios y de retrasos acumulados en muchos procedimientos”, denuncia Alberto Virella, presidente de la Asociación de Diplomáticos Españoles (ADE), que agrupa alrededor del 60% de los casi mil diplomáticos en activo. Y reclama de manera “urgente” un incremento de los recursos humanos y materiales.
“Teniendo en cuenta la celebración de elecciones municipales y algunas autonómicas en mayo de 2027, se espera de [las oficinas consulares], al menos por parte de los españoles afectados directamente por esta cuestión, lo que se podría calificar como una carrera contrarreloj”, agrega Virella.
El factor tiempo es uno de los argumentos centrales esgrimidos en el recurso de la Abogacía del Estado. El escrito calcula una media de 20 minutos para analizar cada expediente. Y extrapola por toda la red de 172 oficinas consulares. Entre ellas, 16 oficinas aglutinan 142.739 de las 168.896 inscripciones totales realizadas (el 84,5% del total).
“De esas 16, los Consulados Generales en La Habana, Rosario, Buenos Aires, Ciudad de México, Caracas y Mendoza afrontarían el mayor reto para dar cumplimiento al requerimiento de la JEC”, señala el recurso. “El trabajo de estas 16 Oficinas Consulares está condicionado por las difíciles circunstancias estructurales (i.e. volumen de trabajo) y coyunturales (i.e. cortes de luz, falta de combustible o efectos de desastres naturales). Teniendo en cuenta que el censo electoral para las elecciones autonómicas quedará cerrado el 1 enero de 2027, no parece factible que estas 16 Oficinas Consulares puedan finalizar el análisis de sus expedientes antes de esa fecha”.
El recurso rebate también el supuesto riesgo que esgrime el Supremo por el incremento del censo de residentes ausentes. El auto asegura que a 1 de julio de 2026 figuraban inscritos 375.027 electores por la ley de nietos; sin embargo, según datos aportados al recurso por la Directora General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares, los españoles que han adquirido la nacionalidad y resultado inscritos bajo el artículo en disputa de la ley de Memoria Democrática son bastantes menos: 168.896, a 31 de agosto de 2026.
“Los datos por los que el Supremo dice que hay un riesgo parten de la presunción de que son resultado de la ley de nietos. Es una interpretación errónea: no se debe a la ley de nietos”, señala una fuente diplomática al tanto del asunto. “De esos 168.000″, prosigue esta fuente, haciendo un cálculo con brocha gorda, a modo de ejemplo, “por estadística, solo en torno a un 50% pide el alta en el registro en los consulados”. Y de los en torno a 80.000 que habría pedido ese alta, hay que excluir a los menores de 18 años, que no votan. Dependiendo del número de menores, continúa la citada fuente, quedarían unas 50.000 o 60.000 personas. Y por último, de media, solo un máximo del 10% suele participar en elecciones. “Es decir, estamos hablando de entre 5.000 y 6.000 personas, que, además, están asignadas a 52 provincias. Aún suponiendo que todos votarán al mismo partido, no habría riesgo para las elecciones. Sobre todo porque, en la realidad, el porcentaje de voto al PP y el PSOE está muy igualado”, concluye.
Virella, de la Asociación de Diplomáticos Españoles, denuncia también el acoso en redes vinculado a este asunto que ha comenzado a afectar a los funcionarios de la red consular. “Hay amenazas de muerte, insultos por la orientación sexual… Proliferan todo tipo de agresiones verbales contra funcionarios que solo están cumpliendo instrucciones. Es muy injusto ese ataque y esa agresividad, que además está siendo atizada por algunos medios de comunicación, que los ponen en la picota”.
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