¿Por qué los militares no pueden detener a los inmigrantes en Ceuta y se encuentran "indefensos" ?

Dos agentes han sido intervenidos en Madrid tras sufrir agresiones en la ciudad autónoma. Los populares han reclamado medidas contundentes al Ejecutivo

La Razón, , 18-09-2026

Sin movimiento y vigilando desde la distancia a los inmigrantes. Esa es la estampa de los militares desplegados en Ceuta desde el

comienzo de la invasión migratoria

el pasado 30 y 31 de julio. Afincados desde hace semanas en la ciudad autónoma, por regla general,

no pueden detener a los inmigrantes.

En este sentido, el periodista y colaborador de Espejo Público, Javier Caraballo, ha cuestionado la “presencia estática” de los agentes en la ciudad autónoma. "

Pasan los inmigrantes por su lado y no pueden hacer nada

" ha cuestionado al portavoz de ATME.

“Estamos desesperados. El problema está en que, cuando les agreden, quedan desamparados. El que va a sentarse a declarar ante un juez de cómo hizo, atacó, agarró o empujó va a ser el militar”, ha denunciado Marco Antonio Gómez, antiguo legionario. Salvo que los delicuentes cometan un “delito flagrante”,

los miembros del Ejército no pueden responder a las agresiones.

Más de 150 militares de Canarias se desplazan a Ceuta para reforzar las capacidades del Ejército de Tierra

Marcos Moreno

Europa Press

En el día de ayer dos miembros tuvieron que

ser trasladados al hospital Gómez Ulla

en la Comunidad de Madrid tras ser agredidos.

Uno sufrió la rotura del menisco y el ligamento. Su compañero tuvo que ser intervenido tras ser empujado por un africano borracho

mientras realizaba tareas rutinarias. Fuentes de Defensa apuntan a una evolución favorable en ambos casos.

Ante este evento, los populares reclamaron multiplicar la protección de los agentes.

“¿Qué más tiene que pasar para que el Gobierno haga algo?

“, señaló la portavoz en el Congreso, Ester Muñoz. La denuncia introdujo el concepto del agente de autoridad, una demanda

histórica de los militares que “debe ser obligatoria”.

¿Por qué los militares no intervienen?; el agente de autoridad un concepto clave

A diferencia de la Policía Nacional o la Guardia Civil, los miembros del

Ejército no pueden detener a un delincuente tras un altercado en una zona civil. Fuera de las bases militares, tal y

como ha podido confirmar LA RAZÓN

, solamente obtienen esta condición en los desastres naturales o incendios forestales

bajo el paraguas de la UME o ante “atentados terroristas u otros actos ilícitos y violento”.

Tras superar una formación específica, podrán

controlar el tráfico, en ausencia de agentes de circulación

o en auxilio de éstos tras “obtener la autorización del organismo”; custodiar a los presos o arrestados dentro de los espacios militares o “realizar informes en beneficio de la seguridad”. Por regla general

no se cuenta con la opción de intervenir con la población civil.

La

única excepción se produce

“estando de servicio y en ausencia de miembros de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad los miembros de la policía militar, intervendrán ante delitos flagrantes”. Es decir,

que si acuden cinco minutos después de un altercado, aunque no haya miembros de la Policía o de la Guardia Civil, no podrán intervenir.

El Gobierno guarda silencio

Frente a la presión de los militares y de los ciudadanos, la respuesta del Ejecutivo ha sido el silencio. Ni el

presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ni la cartera de Defensa han clarificado la situación.

Siguiendo la tónica de los populares y militares, Vox regristró una moción para conocer las medidas que va a adoptar el Gobierno para revertir la situación de inseguridad ocasionada por la invasión en Ceuta. Una iniciativa que busca, además,

el reconocimiento como agentes de la autoridad de los miembros de las Fuerzas Armadas y los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad.

Ya el pasado mes de junio los funcionarios de priones obtuvieron el estatus. Con la reforma registrada en el BOE, la palabra de los funcionarios testigos de una agresión o

un pleito será “suficiente para adoptar la resolución que proceda”. Solamente se podrá contradecir si existen pruebas flagrantes.

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