Los seis puntos polémicos que el Supremo advierte sobre la regularización “masiva” de inmigrantes
El alto tribunal abre la puerta a que la justicia de una Unión se pueda pronunciar
La Vanguardia, , 01-07-2026El Tribunal Supremo dio ayer el primer paso para llevar ante la justicia europea la decisión del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, de conceder una regularización extraordinaria a los extranjeros que se encuentren en España antes el 1 de enero del 2026. El alto tribunal ha analizado el real decreto aprobado por el Consejo de Ministros en abril para conceder permisos de residencia a los irregulares que se vivan en España y ha detectado que podría ser contrario a las normas de la Unión Europea, sobre todo las establecidas en 2024 por el Pacto sobre Migración y Asilo de la Unión Europea (PMAUE).
Los tres magistrados de lo Contencioso Administrativo que han analizado la norma ante varios recursos interpuestos contra ella, han esperado a que se acabara el plazo para la presentación de solicitudes para acogerse a la regularización para dar el primer paso hacia una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
En mayo, esta misma Sala, presidida por Carlos Lesmes, rechazó la pretensión de la Comunidad de Madrid de suspender cautelarmente la regularización por el “daño irreversible” que podría provocar ya que el decreto establecía una fecha límite para presentar la documentación necesaria para acogerse al proceso y que acabó precisamente ayer. En torno a 1,2 millones de personas lo han solicitado y por tanto se les concede un permiso de residencia temporal hasta que la administración resuelva su petición.
Por eso, el tribunal ha considerado que ahora era el momento de plantear las dudas sobre si la medida aprobada por el Ejecutivo ha sobrepasado el reglamento europeo. Los magistrados han fijado una serie de puntos a su juicio dudosos de legalidad para que las partes de este procedimiento – Comunidad Autónoma de Valencia y de Aragón, además de la Abogacía del Estado – fijen su criterio en un plazo de cinco días.
Pasados esos días, el tribunal decidirá si finalmente plantea una cuestión prejudicial y si deja en suspenso la regularización. No obstante, fuentes jurídicas apuntan que al haber esperado al cierre de las solicitudes , el perjuicio ocasionado en caso de suspender cautelarmente la norma sería escaso.
En síntesis, las dudas del Supremo es si el Gobierno, a través de una normal “infralegal” como es un real decreto podría llevar a cabo una regularización “masiva” a tenor del reglamento europeo aprobado en el 2024. Ahí es la diferencia marcada con los otros seis procesos de este tipo aprobados desde 1986, con el Partido Popular y el PSOE en Moncloa. Con el anterior reglamento, quedaba en manos de los Estados este tipo de decisiones. Sin embargo, la normativa ha cambiado y ahora debe existir una “cooperación leal” entre estados. El alto tribunal plantea seis dudas de legalidad sobre que un Estado, tras el PMAUE, pueda “establecer sin condicionamiento alguno que no sea la mera decisión política una regularización masiva”.
Los magistrados han analizado el pacto migratorio, integrado por nueve reglamentos y una directiva que abordan la gestión migratoria – desde los procedimientos fronterizos hasta el retorno – , la protección internacional y la resolución de crisis en los ámbitos de la migración y el asilo.
Fuentes del Ministerio de Migraciones, desde donde ayer se pretendía lanzar un mensaje de tranquilidad a los solicitantes, que la norma se ha redactado “velando estrictamente” por compatibilidad con el derecho comunitario. Desde el departamento que dirige Elma Saiz confiaban en que el proceso va a seguir su curso con “total normalidad”. No obstante, el Gobierno, según fuentes de Moncloa, va a pisar el acelerador para agilizar la tramitación “lo máximo posible” para que el mayor número de solicitantes tengan, al menos, la notificación de admisión, que da derecho a residir y trabajar de manera provisional.
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