Los ucranianos con protección temporal no tienen que solicitar la regularización porque ya tienen el permiso de residencia

Mensajes en redes sociales afirman que los ucranianos no pueden regularizarse, pero el real decreto no limita el acceso a ciertas nacionalidades, sino que no permite solicitarla a quienes ya son residentes

La Vanguardia, Verificat, 02-06-2026

Han circulado en X diversos mensajes afirmando que los ucranianos que han huido de la guerra no podrán acogerse al proceso de regularización extraordinaria, después de que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones publicara que «el proceso de regularización no es» para las personas ucranianas con protección temporal. Es FALSO.

La regularización extraordinaria que se inició este mes de abril no está restringida para ninguna nacionalidad y, por tanto, los ucranianos en situación irregular en España pueden acogerse a ella. Sin embargo, los ucranianos, independientemente de su situación administrativa en España, tienen acceso al mecanismo de emergencia de la protección temporal, que les otorga un permiso de residencia y de trabajo. Los ucranianos que tienen protección temporal no pueden acogerse a la regularización extraordinaria porque ya son residentes regulares.

La desinformación sobre la regularización ha circulado desde su anuncio el 27 de enero. En Verificat hemos desmentido que estos procedimientos generen un efecto llamada, que los migrantes que se regularicen podrán votar en las elecciones generales o que podrán regularizarse personas con antecedentes penales.

El Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, que aprobó el procedimiento de regularización extraordinaria de personas migrantes, no establece ninguna restricción de acceso a este procedimiento para ninguna nacionalidad. Es decir, los ucranianos que se encuentren en situación irregular en España podrían acceder a él, si quisieran.

Aun así, no lo necesitan, porque incluso estando en situación administrativa irregular pueden acogerse a la protección temporal específica para ucranianos. Se trata de un mecanismo de emergencia establecido por la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 del Consejo de la Unión Europea en el contexto de la Directiva 2001/55/CE, relativa a las normas para acoger a personas desplazadas.

Esta protección, prorrogada hasta 2027, permite «automáticamente a los ucranianos desplazados residir, trabajar o estudiar en la Unión Europea«, sin tener que solicitar asilo, explica la web del Ministerio de Inclusión.

Pueden solicitar la protección temporal los ciudadanos ucranianos y sus familias que residían en Ucrania antes del 24 de febrero de 2022, cuando Rusia inició la invasión del este de Ucrania, según indica el Ministerio de Inclusión. Pueden entrar en el espacio Schengen sin visado durante 90 días y solicitarla.

También pueden solicitarla quienes vivían en España con permiso o en situación irregular antes de esa fecha pero no pueden regresar a su país, como establece una orden del Consejo de Ministros.

Por este motivo, y como afirma la publicación del Ministerio de Inclusión, el Real Decreto que ha aprobado la regularización sí restringe el acceso de los ucranianos que ya tienen una autorización de residencia obtenida mediante el procedimiento de protección temporal, porque no la necesitan al contar ya con permiso para residir y trabajar al menos durante un año en España (lo mismo que permite la regularización).

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