Condenado a once años de prisión un sacerdote en Madrid por agresión sexual

El párroco de una iglesia en el distrito de Vallecas accedió varias veces a la vivienda de la víctima, utilizando sus propias llaves, para agredirla sexualmente bajo amenazas

Diario Vasco, C. P. S., 11-05-2026

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a once años de prisión a un sacerdote por un delito continuado de agresión sexual cometido en 2022 contra una mujer en situación de vulnerabilidad económica y social en el distrito madrileño de Puente de Vallecas.

Así consta en una sentencia en la que se pena a Wooby O. JO como autor de un delito continuado de agresión sexual. La sentencia considera probado que el acusado, párroco de la iglesia de San Pedro Regalado y San José de Calasanz desde 2018, se aprovechó de su posición en la parroquia para captar a mujeres inmigrantes necesitadas de ayuda económica y alojamiento.

Según el fallo judicial, la víctima principal, una mujer colombiana llegada a España en febrero de 2022, acudió a la parroquia en busca de ayuda tras quedarse sin vivienda. El sacerdote le ofreció alojamiento en una casa contigua a la suya y, posteriormente, comenzó a realizarle insinuaciones sexuales.

La Audiencia da por acreditado que el religioso accedió varias veces a la vivienda utilizando sus propias llaves y la agredió sexualmente, llegando incluso a amenazarla con «darle un tiro» si contaba lo ocurrido. El tribunal sostiene que el acusado actuó aprovechándose de la extrema vulnerabilidad de la mujer y de la dependencia que esta tenía de las ayudas gestionadas por una entidad religiosa.

La víctima fue diagnosticada posteriormente de trastorno por estrés postraumático. Sin embargo, a resolución judicial absuelve al sacerdote de otros delitos denunciados por tres mujeres más, al considerar que los hechos relatados —comentarios, insinuaciones o comportamientos inapropiados— no alcanzaban relevancia penal suficiente, según recoge Europa Press

Además de la pena de prisión, la Audiencia impone al condenado doce años de prohibición de acercarse y comunicarse con la víctima, diez años de libertad vigilada tras cumplir la condena y dieciocho años de inhabilitación para trabajos con menores. También deberá indemnizar a la denunciante con 40.000 euros por daños morales.

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