El Gobierno pide al Supremo que no frene la regularización porque dejaría a decenas de miles de extranjeros en un «vacío legal»

La Abogacía del Estado sostiene que paralizar cautelarmente el decreto causaría un daño al «interés general» y cuestiona la legitimidad de Hazte Oír para poder parar esta medida

Diario Vasco, Melchor Sáiz-Pardo, 11-05-2026

El Gobierno ha solicitado al Tribunal Supremo que rechace la suspensión cautelar del decreto de regularización extraordinaria de migrantes impulsado por el Ejecutivo al considerar que una paralización inmediata provocaría una «afectación directa» tanto a las personas extranjeras afectadas como «al interés general». La posición del Ejecutivo figura en un escrito de la Abogacía del Estado presentado ante la Sala de lo Contencioso – Administrativo del alto tribunal al que ha tenido acceso este periódico.

El documento responde al recurso presentado por la asociación Hazte Oír contra el Real Decreto 316/2026, aprobado el pasado abril por el Consejo de Ministros para abrir nuevas vías de regularización a extranjeros en situación irregular. En su escrito, los servicios jurídicos del Estado piden al Supremo que inadmite el recurso «por falta de legitimación» de la organización recurrente o, de forma subsidiaria, que rechace las medidas cautelares solicitadas.

La Abogacía del Estado sostiene que suspender la norma supondría dejar sin efecto práctico la regulación aprobada por el Gobierno y perjudicaría especialmente a los potenciales beneficiarios. «Estas personas quedarían en una situación de vacío legal a la espera de que se resolviera el recurso interpuesto», argumenta el alegato del Ejecutivo.

El Gobierno de Pedro Sánchez defiende además que existe un «interés ciudadano» en la regularización extraordinaria y recuerda que la iniciativa legislativa popular sobre esta cuestión reunió más de 600.000 firmas y obtuvo un amplio respaldo parlamentario.

La norma recurrida incorpora dos nuevas fórmulas de arraigo dentro del Reglamento de Extranjería. Una de ellas está dirigida a solicitantes de protección internacional cuya petición haya sido denegada y que, según el Gobierno, corrían el riesgo de quedar en situación irregular pese a llevar años residiendo en España. La segunda crea una modalidad de «arraigo extraordinario» para personas en situación de vulnerabilidad o con vínculos acreditados con el país.

En el escrito remitido al Supremo, la Abogacía recalca que los potenciales beneficiarios ya residían en España antes del 1 de enero de 2026 y que muchos ya utilizan servicios públicos como sanidad o educación. Por ello, rechaza el argumento de que la regularización vaya a generar un impacto inmediato sobre esos sistemas. Además, defiende que la autorización de residencia facilitará la incorporación laboral de estas personas y aumentará las cotizaciones sociales.

Los servicios jurídicos del Estado también cuestionan la capacidad de Hazte Oír para recurrir el decreto. Según sostienen, la asociación fundamenta su legitimación en «fines estatutarios de carácter amplio y genérico», como la defensa de los «valores constitucionales» o la «legalidad», pero no acredita un perjuicio concreto derivado de la norma.

«El Tribunal Supremo ha subrayado que no vale como razón legitimadora el mero interés abstracto en defensa de la legalidad», añade el escrito, que recuerda además que el ordenamiento jurídico no contempla una acción popular general en este ámbito.

La Abogacía del Estado rechaza igualmente que existan perjuicios irreversibles derivados de la aplicación del decreto. Argumenta que las autorizaciones de residencia previstas tienen carácter administrativo y podrían revisarse en caso de una eventual sentencia contraria a la norma.

El Tribunal Supremo celebrará esta semana varias vistas para estudiar las solicitudes de suspensión cautelar planteadas contra el decreto, recurrido también por la Comunidad de Madrid, Vox y otras asociaciones.

Texto en la fuente original
(Puede haber caducado)