La Abogacía del Estado pide al Supremo que no paralice la regularización de inmigrantes
Considera que dar marcha atrás “dañaría gravemente el interés general” y recuerda que los potenciales beneficiarios ya son usuarios de los servicios públicos
La Vanguardia, , 11-05-2026La Abogacía del Estado ha solicitado al Tribunal Supremo que rechace suspender cautelarmente el proceso de regularización de inmigrantes aprobado por el Gobierno, que ha sido recurrido por varias administraciones autonómicas, como la Comunidad de Madrid, y entidades como Hazte Oír.
El alto tribunal celebra este miércoles cinco vistas en las que estudiará las medidas cautelares solicitadas por el gobierno regional de Isabel Díaz – Ayuso, Vox, Hazte Oír, la Asociación por la Reconciliación y Verdad Histórica y la Asociación Libertad y Justicia para suspender cautelarmente el real decreto de regularización mientras se resuelven sus recursos. También otras comunidades, como Aragón o Castilla y León, anunciaron que llevarían el real decreto ante el Supremo, si bien las vistas de este miércoles no les afectan.
La Abogacía del Estado, en representación del Gobierno, considera que la “suspensión de la norma dejaría sin efecto útil a la misma, dañando gravemente el interés general”. Lo dice en un escrito presentado ante el Supremo relativo al recurso de Hazte Oír, al que ha tenido acceso EFE, en el que deja claro que “la concesión de una autorización de residencia no genera el impacto en los diversos servicios públicos dado que, en la actualidad, las personas destinatarias de dicha medida ya son usuarias de tales servicios”.
“La obtención de la autorización permitirá, en cambio, el acceso al pleno ejercicio de los derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico, entre los que resulta especialmente relevante el derecho al trabajo. Ello no solo contribuirá de manera efectiva a su integración social, sino que además comportará un incremento de las cotizaciones sociales derivado de su incorporación al mercado laboral”, subraya el escrito.
Respecto al ámbito sanitario, apunta además que la normativa vigente en España, al margen del real decreto de regularización, “garantiza el acceso a la prestación sanitaria sin atender al estatus de la persona extranjera, no guardando por ello relación con los efectos que despliega” dicho real decreto.
La Abogacía del Estado argumenta que dejar en suspenso la norma “dañaría gravemente” los intereses de los potenciales solicitantes “dado que no podrían acceder a las autorizaciones administrativas recogidas” en ella porque la fecha límite para la presentación de solicitudes es el 30 de junio. No comparte el argumento de que el rechazo a suspender cautelarmente la regularización de inmigrantes suponga privar “de efecto útil” la sentencia que dictará el Tribunal Supremo en unos meses y que se pronunciará sobre el fondo del real decreto. Porque, incide la Abogacía, “las personas extranjeras” que pueden beneficiarse de la medida “ya se encontraban en España antes del 1 de enero de 2026” y “durante este periodo ya han sido usuarias de los diferentes servicios públicos”.
En cualquier caso, solicita al Supremo que resuelva en primer lugar la “falta de legitimación activa” de Hazte Oír para recurrir, según la Abogacía, que debería derivar en la inadmisión de su recurso. Según el escrito, esta entidad no ha acreditado “relación concreta, directa y singular” ni con el real decreto ni con su esfera jurídica, sino que solo ha apoyado el recurso en “consideraciones abstractas sobre el impacto de la norma en la política migratoria o en el interés general”.
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