El Gobierno podrá regularizar a un inmigrante con antecedentes policiales si no es una "amenaza al orden público"
Habrá que analizar cada informe de forma "casuística y circunstanciada" e Inclusión confía en que están "preparados" para hacer frente al análisis exhaustivo de todos los expedientes
El Mundo, , 17-04-2026“La existencia de antecedentes en el informe policial no supondrá, por sí misma y de forma automática, causa de denegación de la autorización”. Así lo extablece la reforma del Reglamento de Extranjería publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y diseñada para abrir la puerta a la regularización extraordinaria de más de medio millón de inmigrantes.
Los requisitos para beneficiarse de la medida incluyen acreditar que el interesado carece de antecedentes penales y que no “representa una amenaza para el orden público, la seguridad pública o la salud pública”. Todos los solicitantes de este proceso deben certificar esta circunstancia. Pero, ¿cómo se acredita la segunda? Mediante el certificado de penales y “la valoración del informe policial correspondiente”, explica la norma del BOE.
La tramitación de estos expedientes corre a cargo de la Unidad de Tramitación de Expedientes de Extranjería (UTEX), que depende del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y en última instancia, será la Dirección General de Gestión Migratoria quién dicte una resolución final en la mayoría de los casos, por lo que la gestión de todo el procedimiento extraordinario queda dentro del ámbito competencial de Migraciones.
De igual forma, serán los funcionarios los que se encarguen de recabar de oficio el informe policial sobre cada solicitante, así como otro del Registro Central de Penados y de las bases de datos de la Unión Europea en el plazo de quince días.
La UTEX deberá valorar si, según el citado informe policial, el interesado representa una “amenaza” para el orden público. Y aquí, el punto clave: “La existencia de antecedentes en el informe policial no supondrá causa de denegación”.
La valoración que haga el órgano competente para tramitar la solicitud, indica la norma, se hará “de forma casuística y circunstanciada”; es decir, mirando las circunstancias concretas, uno por uno. Fuentes de Inclusión recalcan que “se ha dimensionado el operativo y la capacidad de gestión” para hacer frente al número de expedientes que se registre y que están “preparados” para ejecutar la medida excepcional de forma “ágil” y “en plazo”.
La UTEX estará reforzada con personal de Tragsa y su filial Tragsatec, así como de personal funcionario del propio Ministerio adherido a un “plan de choque” para poder cumplir con la admisión a trámite de cada solicitud en los primeros 15 días.
Los antecedentes policiales son los registros de datos personales almacenados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (Policía, Guardia Civil) cuando una persona es detenida, investigada o identificada en diligencias por presuntos delitos o infracciones, sin requerir una condena judicial firme. Pueden consistir, por ejemplo, en denuncias por altercados o peleas; violencia o conflictos domésticos; conducción bajo los efectos de narcóticos, o similares.
Este detalle forma parte del paquete de requisitos para que la solicitud sea admitida a trámite. El plazo para presentarlas arrancó ayer y finaliza el próximo 30 de junio. De momento, los interesados pueden remitir su documentación en el portal de la Regularización Extraordinaria que ha habilitado el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, así como pedir cita previa para realizar el trámite de forma presencial; esta atención comenzará a partir del próximo lunes 20 de abril.
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