Los saharauis critican que se les deje fuera del proceso de regularización: «Es un acto injusto»

El delegado del Frente Polisario en Canarias señala que el proceso es una «decepción» para las personas apátridas, que tardan «más de dos años» en legalizar su situación

Canarias 7, Luisa del Rosario González, 16-04-2026

El proceso de regularización extraordinaria de migrantes aprobado este martes por el Consejo de Ministros deja fuera a la mayor parte del colectivo saharaui en Canarias por ser solicitantes de apatridia. «Dejar a los saharauis fuera de la regularización es un acto realmente injusto», afirma el delegado del Frente Polisario en las islas, Alisalem Sidi Zein.

Buena parte de las personas procedentes de los territorios ocupados en el Sáhara han solicitado el estatuto de apátrida; esto es, según la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas (1954), personas que no se consideran como nacionales de un Estado o carentes de nacionalidad.

El real decreto que aprobó el Gobierno deja fuera a quienes han solicitado el estatuto de apátrida y, como dice Sidi Zein, afecta a la mayor parte de los saharauis que viven en Canarias.

«Este reglamento no incluye a las personas que están en la condición de apátrida. Imagine la decepción que pueden tener, a diferencia del resto de inmigrantes, con el Estado español. Yo creo que es un acto realmente injusto. No debería haberse dado. En el borrador del reglamento que se ha hecho estaba», lamenta.

Según sus estimaciones, aunque no tiene números absolutos, «más del 90% de los solicitantes son de familias apátridas», señala Sidi Zein. «La directiva va contra ellos. No tiene otra interpretación», critica.

Además, recuerda que para lograr el estatuto de apátrida, pese a que por ley el procedimiento debe estar concluido en seis meses, hay casos en los que se tarda «más de dos años, entre dos y tres» para que le resuelvan su expediente. Por eso Sidi Zein cree que la regularización extraordinaria que va a acometerse impele a «colectivos desamparados» que con este decreto «se encuentran afectados por esta exclusión».

Las estimaciones abarcan una amplia horquilla y señalan que en España viven entre 3.000 y 12.000 saharauis. De ellos, la mayor parte, en torno al 90%, lo hace reconocido como apátrida.

Fue el Consejo de Estado el que entendió que tanto los solicitantes de protección internacional como los de apatridia son marcos legales diferentes y que era «desaconsejable introducir confusiones o solapamientos entre esos dos grupos normativos».

Procedimientos propios
Según la información publicada por el Ministerio de Migraciones, la regularización extraordinaria «no es un proceso dirigido a las personas apátridas, ya que estas cuentan con una normativa específica que les ampara. La normativa es el Real Decreto 865/2001, del Reglamento del reconocimiento del estatuto de apátrida. Por lo tanto, estas personas cuentan con un régimen y procedimiento propios que reconoce sus derechos».

Tampoco está pensado «para personas en situación administrativa irregular y personas solicitantes de protección internacional». Y se recuerda también que este procedimiento tampoco es «para aquellas personas procedentes del conflicto en Ucrania que tengan una autorización de residencia en vigor o que cuenten con una autorización de protección internacional temporal».

Regularizaciones con González, Aznar y Zapatero
El Ministerio de Interior también recuerda que la regularización extraordinaria de personas migrantes es una «práctica consolidada de gestión migratoria» y señala las seis ocasiones que se ha hecho anteriormente en España: tres con Felipe González (PSOE) en la presidencia, en los años 1986, 1991-92 y 1996, que afectaron a más de 200.000 personas en total; dos con José María Aznar (PP) en el año 2000 y en el año 2001, que regularizaron a más de medio millón de migrantes; y una con José Luis Rodríguez Zapatero, en 2005, que afectó a más de 576.000 personas.

Para acogerse al presente proceso de regularización extraordinario hay que demostrar que se llegó a España antes del 1 de enero de este año y que al menos se demuestre una permanencia continuada y mínima de cinco meses. Además, es imprescindible demostrar la ausencia de antecedentes penales. Desde hoy se podrá solicitar la tramitación telemática del proceso.

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