Segundo recurso ante el Supremo contra la regularización de inmigrantes con petición de suspensión inmediata
Una asociación denuncia un defecto estructural en el procedimiento por no haberse trasladado al Consejo de Estado alegaciones esenciales
La Razón, , 15-04-2026La Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica (ARVH) ha interpuesto hoy un recurso contencioso – administrativo ante el Tribunal Supremo contra el real decreto de regularización extraordinaria de inmigrantes aprobado por el Gobierno,
solicitando su suspensión cautelarísima inmediata.
Se trata del segundo recurso en el mismo sentido después del que ha presentado Hazte Oír con idéntica petición, aunque la entidad que preside Javier Campal lo tenía previsto desde el día antes de que el Consejo de Ministros – este martes – diera
vía libre a la regulación de más de medio millón de inmigrantes .
Previamente, la ARVH había enviado sendos escritos al Ministerio de Inclusión y al Consejo de Estado en los términos en que ahora presenta su recurso: la asociación denuncia
un defecto estructural en el procedimiento por no haberse trasladado al máximo órgano consultivo alegaciones esenciales
entregadas en plazo.
La asociación fundamenta su impugnación en la existencia de un defecto estructural en el procedimiento de elaboración de la norma, que, a su juicio, podría determinar su nulidad de pleno derecho.
La ARVH recuerda que
presentó alegaciones dentro del trámite de información pública el pasado 6 de febrero
,
debidamente registradas y en plazo, en las que cuestionaba la legalidad
del proyecto en su conjunto.
Estas alegaciones abordaban cuestiones de carácter esencial como la posible vulneración de la reserva de ley; la existencia de mecanismos ordinarios de regularización ya vigentes (arraigo de dos años); la
falta de justificación de una medida extraordinaria y la posible incompatibilidad con el Derecho
de la Unión Europea.
Sin embargo, según denuncia la asociación, dichas alegaciones no fueron incorporadas al expediente administrativo;
no fueron remitidas al Consejo de Estado y no fueron analizadas en el dictamen
emitido por este órgano consultivo.
La ARVH sostiene que esta omisión no constituye una mera irregularidad, sino
un defecto esencial del procedimiento normativo.
En concreto, considera que el Consejo de Estado habría emitido su dictamen sobre un expediente incompleto,
sin conocer ni valorar alegaciones que cuestionaban directamente la validez
de la norma.
Según explica la entidad en el escrito, al que ha tenido acceso LA RAZÓN, "no se trata solo de que no se haya respondido a nuestras alegaciones, sino de que ni siquiera han sido trasladadas al Consejo de Estado.
Eso implica que el dictamen se ha emitido sin conocer argumentos esenciales
, lo que afecta a la validez del procedimiento en su conjunto”.
Según alega, la jurisprudencia del Tribunal Supremo establece que la omisión de trámites esenciales o la remisión de un expediente incompleto puede equivaler a prescindir del procedimiento legalmente establecido,
lo que determina la nulidad de pleno derecho de la norma.
En el recurso presentado hoy, la asociación ha solicitado al Tribunal Supremo la suspensión cautelarísima del real decreto, alegando:
• La existencia de una duda jurídica seria sobre su validez.
• La posible nulidad derivada del defecto procedimental.
• El riesgo de que la norma produzca efectos irreversibles si comienza a aplicarse.
La entidad advierte de que la ejecución inmediata del real decreto implicará la tramitación masiva de solicitudes; la concesión de autorizaciones de residencia y trabajo y
la generación de situaciones jurídicas difíciles o imposibles de revertir.
En palabras de la asociación, "la participación en el trámite de información pública no es un mero formalismo.
Es una garantía esencial del procedimiento.
Si las alegaciones no se incorporan ni se trasladan al Consejo de Estado, el procedimiento queda viciado desde su origen”.
Según la entidad, la aprobación del real decreto en estas condiciones podría implicar la nulidad de pleno derecho, por vulneración del procedimiento legalmente establecido y por
haberse dictado sobre la base de un dictamen consultivo incompleto.
El Tribunal Supremo deberá pronunciarse en los próximos días sobre la solicitud de suspensión cautelarísima.
La asociación considera que concurren los requisitos necesarios para su adopción,
al existir una duda jurídica especialmente cualificada y un riesgo real
de que la eventual sentencia pierda su eficacia si la norma se aplica.
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