Condenado por emplear a trabajadores extranjeros en situación irregular
El dueño de La Gilda del Norte ha sido condenado por la Audiencia de Bizkaia a una multa de 18.000 euros por emplear de manera reiterada a ciudadanos extranjeros sin permiso de trabajo. Asimismo, deberá abonar una indemnización de 7.500 euros a los trabajadores que llevaron a cabo la acusación particular en esta causa.
Gara, , 13-04-2026La Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado a una multa de 18.000 euros al dueño de La Gilda del Norte por emplear de forma reiterada a ciudadanos extranjeros sin permiso de trabajo, y le ha impuesto abonar una indemnización en concepto de responsabilidad civil de 2.500 euros para cada uno de los tres trabajadores que han ejercido la acusación particular en el caso por daños morales. Asimismo, ha absuelto a su hija.
Según informó ayer el Tribunal Superior de Justicia de la CAV (TSJPV), la Sección Segunda de la Audiencia vizcaina declara probado que el acusado se dedicó entre diciembre de 2018 y mayo de 2021 a «la contratación reiterada» de ciudadanos extranjeros en situación irregular en el Estado español, sin permiso de trabajo, sin ser dados de alta en la Seguridad Social y sin poner en conocimiento de las autoridades su condición de trabajadores de su empresa.
ESCONDERSE EN LA EMPRESA
En la sentencia, que puede ser recurrida ante el TSJPV, también se considera probado que advertía a los empleados de que en caso de inspección tenían que esconderse en las instalaciones de la empresa.
El tribunal llega a estas conclusiones en función de la prueba documental y testifical practicada durante la vista oral, entre la que figura el atestado policial elaborado a raíz de las inspecciones de trabajo llevadas a cabo en la firma mercantil del acusado, que fue ratificado por varios agentes.
Para la Audiencia de Bizkaia, «se acredita con base a dicha prueba que el acusado de forma asidua o reiterada ocupaba a ciudadanos en situación irregular en España sin permiso de trabajo», quienes «debido a ello y a la necesidad de subsistencia, se veían abocados a asumir las condiciones laborales» que les ofrecía, «aprovechándose de que se encontraban en posición de debilidad por la amenaza de poder ser expulsados» del Estado español.
Así, impone al acusado una multa de 18.000 euros como autor de un delito contra los derechos de los trabajadores en su modalidad de emplear o dar ocupación, de forma reiterada, a ciudadanos extranjeros que carezcan de permiso de trabajo.
La Audiencia vizcaina le ha condenado también al pago de una indemnización como responsable civil de 2.500 euros a cada uno de los tres trabajadores que han llevado adelante la acusación particular en esta causa por los daños morales causados.
Aunque la acusación particular formuló acusación contra el empresario por otros delitos, el tribunal ha decidido, en este caso, la absolución del acusado.
También ha absuelto a la hija del condenado de los delitos que se le habían imputado como cómplice por las acusaciones particulares, al estimar que no ha quedado acreditado que participara «en la contratación de trabajadores ilegales en la empresa de su padre».
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