España garantiza por ley la atención sanitaria gratuita a los inmigrantes sin documentación

Un nuevo real decreto elimina los obstáculos administrativos que aún impedían el acceso a miles de personas en situación irregular. En España se estima que viven unas 840.000, alrededor de 8.000 en Galicia. La misma norma exime a más de siete millones de españoles del copago de prótesis y sillas de ruedas

La Voz de Galicia, M.Viñas, 11-03-2026

El Gobierno aprobó este martes a golpe de real decreto el acceso universal a la sanidad pública y gratuita también para las personas extranjeras que residen en el país sin autorización administrativa —cerca de 840.000, alrededor de 8.000 en Galicia—. La norma pretende corregir los obstáculos burocráticos que, pese a reformas anteriores, todavía dejaban fuera del sistema a los inmigrantes en situación irregular. La iniciativa, impulsada por el Ministerio de Sanidad y respaldada por el Consejo de Ministros, permitirá que puedan acceder a la asistencia sanitaria con únicamente una declaración responsable que asegure que no disponen de cobertura por otra vía. La residencia podrá acreditarse con el empadronamiento o, en su defecto, con documentación como certificados de escolarización, facturas de suministros o informes de servicios sociales. La solicitud activará un documento provisional que posibilitará el acceso desde el primer momento y fijará un plazo máximo de tres meses para resolver el expediente. Será además válido en cualquier comunidad autónoma.

El real decreto blinda además el acceso inmediato y efectivo a la atención sanitaria para aquellos colectivos que requieren de una especial protección. Entre estos grupos destacan los menores de edad y las mujeres embarazadas, las víctimas de violencia —de género, incluyendo a sus hijos; sexual y de trata—, las personas con discapacidad y quienes estando temporalmente en el país necesiten cuidados o tratamiento. Amplía también la protección a las personas españolas que residen en el exterior durante sus desplazamientos temporales a España. Hasta ahora, este derecho estaba limitado a pensionistas o trabajadores; con el nuevo texto, se extiende a todos los españoles de origen y a sus familiares —cónyuges, parejas de hecho y descendientes a cargo—, siempre que no tengan la cobertura prevista por convenios internacionales o la legislación de seguridad social.
Hasta ahora, la exigencia de determinados trámites generaba interpretaciones dispares entre comunidades autónomas y barreras administrativas para acceder al sistema sanitario. Con esta modificación normativa, el Ejecutivo busca cerrar definitivamente el vacío legal que se arrastraba desde el 2018, cuando el Gobierno de Pedro Sánchez restituyó el principio de universalidad del sistema sanitario tras los recortes introducidos en el 2012 durante el mandato de Mariano Rajoy. Aquel cambio legal devolvió el acceso sanitario a los residentes en España, pero en la práctica algunos procesos administrativos siguieron limitando su atención. Informes recientes de organizaciones sociales y sanitarias señalan que la falta de criterios homogéneos ha provocado casos de exclusión incluso en situaciones sensibles como la atención durante el embarazo o enfermedades graves.

El debate sobre el acceso sanitario se produce en un contexto de crecimiento de la inmigración en España. Las estimaciones más recientes sitúan en torno a 837.000 las personas que residen en el país en situación administrativa irregular, una cifra ocho veces superior a la registrada en el 2017. La mayoría de estas personas proceden de América Latina y llegaron al país por vías legales —principalmente en avión—, aunque posteriormente perdieron o no renovaron su autorización de residencia. Aunque la inmigración irregular se concentra principalmente en grandes áreas urbanas, el fenómeno también tiene impacto en comunidades como Galicia. La llegada de población migrante se ha convertido en uno de los principales factores que contribuyen al crecimiento demográfico en la comunidad.
Prótesis y sillas de ruedas gratis para siete millones de personas
La misma disposición exime a más de siete millones de españoles de tener que desembolsar cualquier copago en la adquisición de prótesis y otros productos necesarios para afrontar situaciones de discapacidad, tanto temporales como permanentes, como son las sillas de ruedas o los andadores. Los beneficiarios serán los colectivos más vulnerables, los mismos a los que desde hace cinco años el Gobierno liberó de cualquier copago en la adquisición de los fármacos que les recetan los médicos de la sanidad pública. Se trata de los pensionistas cuyos ingresos anuales no superen los 5.635 euros de base liquidable en la declaración de la renta y los que, de hecho, no tienen que pagar IRPF alguno ni hacer declaración por tener unos ingresos de menos de 22.000 euros anuales.

Con la misma exención contarán las familias de los menores afectados por una discapacidad del 33 % o superior; los beneficiarios del ingreso mínimo vital o de rentas de integración autonómicas; y los perceptores de la prestación no contributiva por hijo o menor a su cargo. El cuadro de los exentos lo completan los parados sin subsidio ni prestación, los perceptores de pensiones no contributivas y algunos perfiles muy concretos de enfermos.

La exención se aplicará a todo tipo de prótesis externas, como las de extremidades, articulaciones, cara o boca; a las órtesis, las estructuras correctoras de columna, manos o pies; al calzado ortopédico; a las sillas de ruedas, andadores, muletas o bastones; y a otros elementos como pueden ser los vendajes de compresión. El coste anual de la medida para las arcas públicas se calcula en unos 2,5 millones y se estima que cada año se beneficiarán no menos de 81.000 ciudadanos.

Todo lo dispuesto en la norma entrará en vigor en unos días, en cuanto se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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