Esto es lo que establece la legislación española sobre la posible acogida de refugiados a la que Marlaska hizo referencia y aseguró “estar preparados”

El ministro del Interior afirma que España tiene capacidad para recibir desplazados si la UE activa un mecanismo de protección por la escalada en Oriente Medio

La Razón, , 06-03-2026

El ministro del Interior,

Fernando Grande‑Marlaska

, aseguró este jueves en Bruselas que España está “

preparada

” para acoger refugiados si la evolución del conflicto en Oriente Medio obliga a activar un mecanismo europeo de protección.

Sus palabras llegan en un momento de creciente preocupación en la UE

por el aumento de desplazados en países como Irán, Líbano, Afganistán o Pakistán

, donde Naciones Unidas estima ya

275.000 personas

en situación de vulnerabilidad.

Pero ¿qué dice exactamente la legislación española sobre la acogida de refugiados en un escenario como el actual?

La Ley de Asilo y Protección Subsidiaria

La

Ley 12/2009

es la norma que regula en España el derecho de asilo y la protección subsidiaria. Establece quién puede recibir protección internacional y qué obligaciones tiene el Estado cuando una persona huye de persecución o de un conflicto armado.

La ley reconoce el

asilo

para quienes sufren persecución por motivos políticos, religiosos, étnicos, de género u orientación sexual. También contempla la

protección subsidiaria

, destinada a quienes escapan de guerras, violencia indiscriminada o riesgo grave para su vida, incluso cuando no pueden demostrar una persecución individual.

El texto garantiza derechos básicos durante el proceso:

alojamiento temporal

, asistencia jurídica gratuita, intérprete, manutención y acceso a programas de integración. Todo ello se articula a través del

Sistema Estatal de Acogida

, que coordina plazas en centros públicos y entidades sociales y puede ampliarse en situaciones de llegada masiva.

La ley española se complementa con los mecanismos europeos, especialmente la

Directiva de Protección Temporal

, que permite activar una acogida rápida y colectiva cuando la UE detecta un flujo masivo de desplazados.

Si Bruselas activa este mecanismo, España participa en el reparto solidario y ofrece protección inmediata sin necesidad de tramitar solicitudes individuales.

La UE prepara escenarios ante un posible aumento de llegadas

Los Veintisiete trabajan ya en planes de contingencia para responder con rapidez si el flujo de refugiados aumenta. Bruselas insiste en que la situación en Oriente Medio “no es fácil para la seguridad global” y que la prioridad es evitar una escalada mayor.

Marlaska reiteró que España actuará siempre guiada por el

derecho internacional

y los

principios humanitarios.

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