Condenada la ex delegada del Gobierno en Ceuta por las devoluciones de menores a Marruecos en 2021

El tribunal condena a la misma pena a la exvicepresidenta primera del Gobierno de Ceuta por un delito de prevaricación administrativa

El Mundo, , 12-09-2025

Sin incoar el preceptivo procedimiento de repatriación, sin recabar el también preceptivo informe de la diplomacia (el país de origen de los chavales), sin investigar mínimamente sus condiciones, sin vertificar su situación en territorio español y sin informarles de los los antecedentes que habían determinado su expulsión ni, mucho menos, de sus derechos. Tampoco les permitieron formular alegaciones ni se pidió el obligatorio informe de la Fiscalía…

La devolución exprés y en caliente de 55 menores extranjeros no acompañados desde Ceuta a Marruecos en mayo de 2021 fue una auténtica cadena de ilegalidades. Hasta el extremo de que llegó a vulnerarse el Convenio Europeo de Derechos Humanos, que prohíbe taxativamente las expulsiones masicas. Y sus dos responsables, la entonces delegada del Gobierno en esa ciudad autónoma, Salvadora Mateos, y quien fuera vicepresidenta del gobierno ceutí, Isabel Deu, lo sabían y, pese a todo, la ordenaron.

Por eso, la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Ceuta, acaba de condenar a las dos ex responsables públicas a nueve años de inhabilitación especial por un delito de prevaricación administrativa.

En la sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Rosa María de Castro y que ha sido notificada hoy, se inhabilita a Mateos y a Deu para ocupar cargos públicos, incluso electivos, de cualquier ámbito y para ejercer funciones de gobierno, además de a la pérdida de honores que les hubiesen correspondido por los cargos que ambos ocuparon.

Las expulsiones masivas de menores fue la respuesta que las dos idearon y ejecutaron después de las oleadas de entradas irregulares de inmigrantes que sufrió la ciudad de Ceuta, a la que llegaron a acceder 15.000 extrajeros entre los días 17 y 18 de mayo de 2021, de los que 1.200 eran menores de edad. Aquélla fue la respuesta de Marruecos a la decisión de España de acoger al líder del Frente Polisario, Brahim Gali.

Su plan era devolver con este procedimiento a todas luces ilegal a 145 y llevaban 55 repatriados cuando el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 2 de Ceuta ordenó suspender las expulsiones.

La Audiencia de Cádiz recrimina especialmente que la ex delegada del Gobierno y la ex vicepresidenta ceutí acordaron las repatriaciones masivas de menores sin averiguar antes si dichos menores se encontraban en situación de vulnerabilidad en su país de origen, sin velar, como era su obligación por el interés superior del niño, lo que infringió, además, la propia Convención sobre los Derechos del Niño de la ONU.

Ambas, siguien su plan, elaboraron una lista de 145 menores, en algunos casos con el único dato de su fecha de nacimiento y sin más criterios que tener más de 17 años y estar alojados en el polideportivo Santa Amelia, que había sido acondicionado en esos días para albergarles.

No solo, destaca la sentencia, eran conocedoras de la ilegalidad de sus actuaciones, sino que habían sido advertidas en ese sentido incluso desde la Secretaría de Estado de Asuntos Sociales. Igualmente, desde la Fundación Samu, que gestionaba el albergue de menores instalado en el polideportivo, expresaron a Deu su preocupación por la posible situación vulnerable de los menores.

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