Ley de Nietos: hasta qué fecha se puede solicitar la nacionalidad española por esta vía

La Ley de Memoria Democrática se podrá solicitar hasta el próximo 22 de octubre de 2025.

Público, Público, 28-08-2025

La Ley de Memoria Democrática, o popularmente conocida como Ley de Nietos, se aprobó en octubre del año 2022, tras meses de negociaciones entre el Gobierno de España y sus socios.

Realmente, esta ley fue promovida por el Partido Socialista en junio de ese mismo año, en 2022, y aprobada en el Congreso de los Diputados. Pero era necesaria su aprobación en el Senado, por lo que, tras meses de discrepancias, finalmente fue admitida y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en octubre.

Esta ley es una oportunidad para miles de ciudadanos de todo el mundo, especialmente para las personas del continente americano, ya que brinda la posibilidad de acceder a la nacionalidad española sin la necesidad de vivir en España.

Qué es la Ley de Nietos
La Ley de Memoria Democrática se aprobó el 21 de octubre de 2022, y el objetivo principal que tiene es reparar a quienes perdieron la nacionalidad española entre el 18 de julio de 1936 y el 28 de diciembre de 1978 por distintos motivos, entre ellos, por exilio, persecución política, ideología y sexualidad, o por contraer matrimonio con una persona extranjera.

Pero no todo el mundo puede acceder a ella, ya que se exigen ciertos requisitos que son obligatorios cumplir para poder adquirir la nacionalidad española, entre los que se encuentran los siguientes.

El primero es haber nacido fuera de España, pero contar con un padre, madre, abuelo o abuela de ciudadanía originariamente española, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por distintas razones ya mencionadas con anterioridad, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española.

El segundo supuesto se produce cuando el solicitante es el hijo o hija nacido/a en el extranjero, pero tiene madre española que renunció a su nacionalidad por casarse con una persona extranjera antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.

En tercer lugar, podrán solicitar esta ley todos los hijos e hijas mayores de edad, los cuales tienen padres españoles a quienes se les reconoció su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción con la Ley de Memoria Histórica de 2007 o con la actual Ley de Memoria Democrática.

También lo pueden demandar los hijos e hijas de personas originariamente españolas y nacidas en España con nacionalidad española no de origen en virtud del artículo 20.1.b) del Código Civil.

Por último, los hijos e hijas menores de edad de quienes adquirieron la nacionalidad española por aplicación de la Ley de Memoria Histórica que optaron a la nacionalidad española no de origen en virtud del ejercicio del derecho de opción previsto en el artículo 20.1.a) del Código Civil.

Si el solicitante cumple alguno de los requisitos anteriores y desea solicitar su ciudadanía española, deberá demostrar y acreditar el vínculo familiar, a través de documentos oficiales que certifiquen la nacionalidad de sus antecesores.

Una vez se reúne la información necesaria, se debe reservar cita en el consulado español asignado por lugar de residencia y enviar toda la documentación, así como sus copias, entre las que se necesita:

Partida de nacimiento, matrimonio o defunción del ascendiente con nacionalidad española.

Certificados equivalentes del padre o madre del interesado

Partida de nacimiento apostillada del interesado

Documento de identidad en vigor

Cuando acrediten la documentación, es necesario entregar el expediente antes de la fecha límite, y conservar el justificante de entrega. En caso de ser favorable, solo se necesita inscribirse en el Registro Civil Consular y solicitar el DNI español.

Hasta cuándo está vigente
Al entrar en vigor el 21 de octubre de 2022, finalizará su plazo el próximo 22 de octubre de este año 2025. Pero no estaba prevista esta fecha de finalización, ya que esta norma debería haber terminado en octubre del año pasado.

Tras las demoras que algunos consulados arrastran (de hasta 14 meses), decidieron ampliar el plazo de entrega de documento hasta este año, en concreto, hasta las 23.59 hora peninsular del 22 de octubre.

Una vez finalice el plazo, será imposible obtener ninguno de los beneficios que otorga la norma. Asimismo, se recomienda enviar la información pertinente cuanto antes, pues a causa de las demoras de algunos consulados, cabe la posibilidad de quedarse fuera aun enviando la documentación.

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