La Conferencia Episcopal, contra la decisión de Jumilla: «Atenta contra los derechos fundamentales de cualquier ser humano»

Los obispos han indicado que hacer restricciones por motivos religiosos es una «discriminación que no puede darse en sociedades democráticas»

ABC, Javier Palomo, 07-08-2025

La moción aprobada la semana pasada por el ayuntamiento de Jumilla, en Murcia, por la cual se prohíbe de forma generalizada y por adelantado todo tipo de celebración islámica en instalaciones públicas deportivas ha abierto un debate sobre la libertad de culto. La resolución, en concreto, impide que se vuelvan a celebrar en el municipio actos como el final del Ramadán (Aid el Fitr) o la Fiesta del Sacrificio (Aid el Adha), eventos claves en el calendario religioso musulmán.

Desde Vox, quienes impulsaron la moción apoyados por el PP tras una enmienda, defienden que la decisión se debe a estos ritos son «actividades ajenas a la identidad como pueblo» y por tanto son una «costumbre foránea» a nuestra cultura. «Las tradiciones españolas deben ser preservadas frente al intento de la izquierda de introducir hábitos contrarios a nuestra identidad española», suscribió la semana pasada Juan Agustín Navarro, el representante de Vox y único concejal del partido en el ayuntamiento murciano.
Por su parte, la Conferencia Episcopal Española ha indicado este jueves que esta limitación «atenta contra los derechos fundamentales de cualquier ser humano». «La medida no afecta solo a un grupo religioso, sino a todas las confesiones religiosas y también a los no creyentes. Hacer estas restricciones por motivos religiosos es una discriminación que no puede darse en sociedades democráticas», explica. De la misma forma, en su comunicado ha dicho que «la única intervención posible por parte de las autoridades públicas es la perturbación del orden público que estas personas puedan causar», y que esto debe ser valorado «con objetividad» por especialistas, y con «criterios técnicos» para que no respondan a una decisión que pudiera ser «arbitraria o ideológica».

Un derecho protegido en la Constitución
También han mencionado que las manifestaciones religiosas públicas, entendidas como libertad de culto, están amparadas por el derecho a la libertad religiosa, un derecho protegido por la Constitución española en su artículo 16.1: «Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley».

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