El TSXG confirma la condena de 20 años de cárcel impuesta a dos hombres por obligar a mujeres a prostituirse en A Coruña

Cuando las víctimas llegaban, los acusados les indicaban «que venían a ejercer la prostitución y que habían contraído con ellos una deuda por importe de al menos 10.000 euros»

La Voz de Galicia, LA VOZ, 03-04-2025

La sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la condena de 20 años y tres meses de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de A Coruña a cada uno de los dos autores de tres delitos de trata de seres humanos, en concurso medial con tres delitos de prostitución, y de tres delitos de inmigración clandestina. Los sospechosos, según consta en la sentencia, «con relación de pareja entre los dos, actuando conjuntamente y con intención de obtener ilícito beneficio», entre el 2021 y el 2022, desarrollaron una actividad consistente en captar mujeres de origen sudamericano, generalmente procedentes de Brasil, en situación de precariedad económica, para ejercer la prostitución en España.

En el apartado de hechos probados de la resolución consta que, a tal efecto, las convencían de que iban a realizar trabajos regulares en España, y, cuando llegaban, les informaban «de que venían a ejercer la prostitución y de que habían contraído con ellos una deuda por importe de al menos 10.000 euros, que serían descontados de los servicios sexuales que prestarían». En el caso de que alguna de las mujeres manifestase su oposición al pago así de la deuda, «les decían que sabían dónde vivían sus hijos o familiares en su país de origen». Asimismo, les informaban de que les exigirían el pago de al menos 180 euros a la semana por el uso de la habitación en la que vivirían y en la que ejercerían la prostitución. «Frente a la exhaustiva, extensa, razonada y lógica sentencia apelada, emitida sin visos de arbitrariedad o voluntarismo, en los términos del artículo 741 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, no pueden ser atendidos los elementos señalados por la defensa que podrían llevar a la consideración de que las testigos no son fiables, de que faltaban a la verdad en sus declaraciones: la necesidad de regularizar su situación en España, su situación marginal que las llevaría voluntariamente al ejercicio de la prostitución, o el hecho de que la mayoría de los inmigrantes que llegan a España soliciten permisos de residencia por miedo a la expulsión», explica el TSXG en la sentencia en la que rechaza las alegaciones de los condenados.

La sala de lo Civil y Penal, además, destaca que «las declaraciones de los acusados no introducen duda alguna sobre los hechos, al no dar explicación razonable sobre los elementos que conforman el acervo probatorio de cargo, en la medida en que se parapetan en la negación, como pone de manifiesto la sentencia apelada». El fallo no es firme, pues cabe presentar recurso ante el Tribunal Supremo.

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