La Fiscalía no ve delito en los insultos racistas de dos aficionados del Barça a Vinicius

El Ministerio Público concluye que los insultos no constituyen un delito de incitación al odio porque no provocaron "efecto llamada" entre el público ni la suspensión del partido.

Público, efe, 25-03-2025

La Fiscalía ha pedido archivar la causa abierta a dos aficionados del F.C Barcelona por los insultos racistas contra el futbolista brasileño del Real Madrid Vinicius Jr. en un partido entre ambos clubes en octubre de 2023 en el estadio de Montjuïc, al descartar que supongan un delito de odio o de trato degradante.

En un escrito, la Fiscalía de Delitos de Odio de Barcelona concluye que no se ha podido aclarar cuáles fueron las expresiones proferidas por los investigados y considera que, aunque fueran ofensivas, no constituyen delito de incitación al odio puesto que no provocaron “efecto llamada” entre el público ni la suspensión del partido.

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En cualquier caso, el Ministerio Público insta a la jueza de instrucción a remitir el caso a la Oficina de Igualdad de Trato y No Discriminación por si procediera abrir un proceso sancionador contra los investigados.

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La causa, en la que Vinicius está personado como perjudicado, se abrió a raíz del atestado que confeccionaron los Mossos d’Esquadra por unos cánticos e insultos racistas proferidos contra el futbolista en un Barça-Real Madrid que se celebró en el estadio de Montjuïc en octubre de 2023. Las grabaciones de las cámaras del estadio y la declaración de un testigo permitieron identificar como autores de los gritos a tres seguidores del Barça, uno de ellos menor de edad.

Uno de los dos investigados se acogió a su derecho a no declarar, mientras que otro se logró identificar en las grabaciones aportadas por los Mossos, aunque negó que sus gritos fueran ofensivos porque se había limitado a espetar “mucho morro” al árbitro a raíz de una jugada protagonizada por Vinicius.

Las expresiones no revisten la gravedad suficiente
En su declaración como perjudicado, el futbolista afirmó que se había sentido ofendido porque le habían gritado “mono” y “tonto mono”, pero que no había escuchado esas expresiones hasta el término del partido, cuando le mostraron las grabaciones. En cambio, la fiscal argumenta en su escrito que “ni siquiera hay certeza” de qué expresiones se profirieron contra el futbolista: “Puto mono” según un informe de lectura labiofacial aportado por LaLiga, “mono tonto” según Vinicius y “mucho morro” según el investigado.

Para el Ministerio Público, aun en el caso de que las expresiones investigadas incluyeran la palabra “mono”, tampoco revisten la gravedad suficiente para constituir un delito de incitación al odio y a la discriminación.

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“Así, las acciones denunciadas no dieron lugar a la interrupción ni suspensión del partido, no fueron ejecutadas de forma coral, no se produjo el efecto llamada en público, no consta que ninguno de los investigados pertenezca a un grupo radical o extremista y no fueron unidos a otros delitos”, razona la fiscal.

Tampoco ve delito de lesión en la dignidad, dada la “indeterminación de los hechos”, ni delito de trato degradante, que exige que el menoscabo a la integridad moral sea grave. En ese sentido, recuerda el escrito que las expresiones proferidas contra Vinicius no tienen la gravedad que requiere el delito contra la integridad moral, que exige que el acto sea “inequívocamente” vejatorio, que conlleve un sufrimiento físico o psíquico y que sea “degradante o humillante” para la víctima.

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