La Fiscalía denuncia que Canarias no concedió la acogida inmediata a 24 menores migrantes
El Gobierno de Canarias ordenó a las ONG encargadas de la gestión de los centros de acogida que no admitieran a más menores migrantes sin una autorización explícita de la comunidad
La Razón, , 11-10-2024A finales de septiembre, 24 menores que llegaron en pateras y cayucos a Canarias no recibieron la asistencia inmediata que la ley exige en casos de desamparo como el suyo. Estos menores permanecieron entre uno y tres días en instalaciones policiales, esperando por un lugar en un centro de acogida.
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Así lo denuncia la Fiscalía Superior de Canarias, por medio de un escrito donde se alerta de que no es un riesgo la posibilidad existente de que las instrucciones proporcionadas por el Gobierno regional a los centros de menores el 2 de septiembre retrasen la acogida, sino una realidad.
Ese día, el Gobierno de Canarias ordenó a las ONG que gestionan los centros de acogida que no admitieran a más menores migrantes sin una autorización explícita de la comunidad autónoma.
Tal y como escribió la fiscal superior de Canarias, María Farnés Martínez, “que la prohibición establecida en el acuerdo del 2 de septiembre del 2024 supone un retraso en prestar a los Menores Extranjeros No Acompañados la protección a la que tienen derecho es un hecho ya constatado, como lo muestran los siguientes ejemplos”.
El martes, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ratificó su decisión de suspender provisionalmente esa orden del Consejo de Gobierno, considerando que podría retrasar el proceso de acogida de los menores y, por lo tanto, vulnerar sus derechos.
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En concreto, la fiscal Martínez relata 24 casos específicos de menores que no ingresaron de forma inmediata en un centro adecuado para su edad y su situación como consecuencia, a su juicio, de ese acuerdo del Gobierno canario ya suspendido.
Cabe decir, además, que la mayoría de los casos tuvieron lugar en Lanzarote: un menor de 15 años que llegó el 18 de septiembre en una patera, otro de 17 de otra embarcación llegado eso mismo día, dos de 15 y 17 años de una tercera barca también llegados ese día y siete de 12 a 16 años de una patera del 20 de septiembre.
Asimismo, en el caso de El Hierro fueron seis menores de 13 a 15 años llegados en cayuco el 20 de septiembre y otros cinco de 15 a 17 años de otra barcaza que llegaron ese mismo día. Por último, la fiscal hace referencia a Fuerteventura, con dos menores de 16 y 17 años de una patera del 19 de septiembre.
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Los retrasos, en la mayoría de los casos, fueron de un día, si bien hubo un menor cuya demora se extendió un poco más, hasta los dos días, mientras que tres permanecieron al cuidado de la Policía durante tres días. Esto ocurrió pese a los avisos enviados por la Fiscalía a la Dirección General de Protección de la Infancia del Gobierno canario para advertir de su situación.
Lo cierto es que en el momento en el que el Gobierno canario emitió el protocolo de acogida que desarrolla esas instrucciones (el cual ha sido también suspendido por el TSJC y por el Tribunal Constitucional), la fiscal superior publicó una resolución crítica con esa medida, anunciando que podría incluso, abrir diligencias por delito de abandono si comprobaba que se privaba a algún niño de la acogida adecuada.
En esta ocasión, María Farnés Martínez remarca de nuevo en estas alegaciones dirigidas al TSJC el hecho de que los menores que llegan a España solos en una patera se corresponden con “un colectivo de personas que tiene un plus especial de vulnerabilidad: porque son menores, porque son extranjeros y porque están solos”.
Además, agrega que, en estos casos, la Ley del Menor exige a la administración competente, la comunidad autónoma, ofrecer una “asistencia inmediata”, que ha de prestarse de manera “urgente” y sin supeditarla a “requisitos procedimentales ni de forma”.
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