El TSJC reitera la suspensión de la orden del Gobierno canario a las oenegés para no recibir a menores migrantes

Tras escuchar las alegaciones del Ejecutivo de Clavijo, mantiene que la aplicación del acuerdo «comporta un serio riesgo de que se produzcan retrasos en el proceso de asistencia de los menores inmigrantes, al verse demorado su ingreso en los centros de acogida»

Canarias 7, CANARIAS7 Las Palmas de Gran Canaria, 09-10-2024

Nuevo varapalo de la Justicia al protocolo de atención a los niños llegados en pateras y cayucos aprobado por el Gobierno de Canarias. La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC en su sede de Las Palmas, sección segunda, ha confirmado este martes el auto del pasado 25 de septiembre en el que, a petición de la oenegé Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado, acordó suspender con carácter provisionalísimo el acuerdo del Gobierno de Canarias que el pasado 2 de septiembre comunica a las entidades colaboradoras en materia de migración que «no reciban nuevos migrantes a cargo de esta comunidad autónoma salvo la previa comunicación de conformidad o la autorización expresa de las autoridades autonómicas competentes, en orden a proteger el interés de los menores no acompañados que ya están atendiendo».

La decisión del TSJC se ha dado a conocer minutos después de que el Tribunal Constitucional anunciara igualmente la suspensión por unanimidad de varios apartados del protocolo regional, que actualmente ya estaba suspendido por orden del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).

En el caso del TSJC, señalan desde el tribunal que la resolución adoptada el 25 de septiemebre se tomó «con carácter provisionalísimo, en una ponderación de intereses de urgencia, sin escuchar las alegaciones del Gobierno, como establece la ley en estos casos de medidas cautelarísimas, no porque la Sala decida no oír a la parte». Ahora, con carácter provisional, pero ya con las alegaciones de la administración sobre la mesa, reitera la suspensión cautelar, al entender que la aplicación del acuerdo «comporta un serio riesgo de que se produzcan retrasos en el proceso de asistencia de los menores inmigrantes, al verse demorado su ingreso en los centros de acogida, con los consiguientes perjuicios que ello puede causar a un colectivo que, por sus circunstancias, resulta especialmente vulnerable».

El Tribunal aclara que «no somos ajenos a la grave crisis migratoria que está sufriendo Canarias, y también comprendemos el interés de la administración autónomica en intentar ordenar la recepción de nuevos menores (…), pero lo que tenemos que valorar en este incidente es si la aplicación de la medida acordada (…) puede hacer perder su finalidad legítima al recurso (…) y consideramos que sí, habida cuenta de que los afectados por la medida son los menores migrantes cuyos derechos fundamentalers se tratan de salvaguardar a través del recurso».

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