El TSJ de Canarias suspende también que las ONG tengan que pedir permiso para acoger a menores
Accede a la medida cautelar que pedía en un recurso la Red Española de Inmigración
La Razón, , 27-09-2024El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Canarias ha suspendido de manera cautelar un acuerdo del Gobierno de Fernando Clavijo que prohibía a las ONG acoger menores inmigrantes no acompañados que hayan sido rescatados en el mar sin contar con autorización previa y expresa de la administración autonómica.
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El Alto Tribunal de las islas ha accedido así a la petición que le trasladó en un recurso la Red Española de Inmigración y ayuda al Refugiado, al apreciar la «especial urgencia» que alegaba esta entidad sin ánimo de lucro, pues, observa, que el requisito que impuso el Gobierno canario «supone que los nuevos menores migrantes que lleguen a las costas de Canarias no van a ser recepcionados de manera automática en los centros de acogida gestionados por las entidades colaboradoras contratadas por el Gobierno» de las Islas Canarias.
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La recepción de los menores pasa con esta medida a estar «supeditada a la previa comunicación de conformidad o a la autorización expresa de las autoridades autonómicas competentes», lo que para la Justicia canaria «puede comprometer los intereses de este colectivo especialmente vulnerable».
Esta vulnerabilidad y que el cambio en el proceso de acogida de los menores extranjeros no acompañados que llegan en cayucos al archipiélago sea una «alteración sensible» de cómo se venía actuando por parte de las ONG en cuanto al «procedimiento de entrega y asistencia de los menores migrantes no acompañados» y de la propia administración canaria justifica «la especial urgencia» de su temporal suspensión.
El acuerdo en cuestión de Presidencia del Ejecutivo de Canarias del pasado 2 de septiembre de 2024, que ahora y por el momento deja de aplicarse, comunicaba a las entidades colaboradoras en materia de migración que «no recibieran nuevos migrantes con cargo a la comunidad autónoma, salvo la previa comunicación de conformidad o la autorización expresa de las autoridades autonómicas competentes, en orden a proteger el interés de los menores no acompañados que ya están atendiendo».
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Esta consideración de que la medida ahonda en la vulnerabilidad de los menores, como se indica en el auto, «sigue el criterio» que mostró el TSJ de Canarias al suspender la aplicación del protocolo de acogida en su conjunto que suponía la imposición de una serie de condiciones formales a cumplir (comunicación previa a efectos de disponibilidad de plazas, asignación individual, identificación, estar en el Registro Mena) para que Canarias asumiese su tutela y fueran acogidos.
En el auto, cuyo ponente ha sido la magistrada María del Carmen Monte, se vuelve a insistir en la necesidad de «la búsqueda de espacios de encuentro que propicien el logro de las actuaciones coordinadas en el marco de un clima de lealtad y colaboración institucional indispensable para abordar el fenómeno de la inmigración irregular y su singularísimo impacto» en Canarias.
En cualquier caso esta suspensión es provisional y contra ella cabe alegaciones del Gobierno de Canarias que comparten Coalición Canaria y PP y para cuya interposición tienen como plazo los próximos tres días. La Fiscalía tiene el mismo margen para presentar cualquier alegación que considere a esta decisión del TSJ del archipiélago canario.
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