Cómo¿se decide dónde hay CIE?

La Vanguardia, 24-08-2006

La ubicación de los centros de internamiento de extranjeros (CIE) tiene muy poco de arbitrario. Su existencia se fundamenta en que la presencia en España sin la documentación necesaria no es un delito, sino una falta administrativa. Y, por tanto, no pueden ser encerrados en una prisión, ni tan siquiera de forma preventiva. La ley establece que los indocumentados pueden permanecer en los CIE, donde están incomunicados con el exterior y privados de libertad, un plazo máximo de 40 días, tiempo durante el cual la Administración debe tramitar su expulsión y proceder a repatriarlos a su país de origen. Aunque la realidad es distinta y, transcurrido ese plazo, la mayoría son puestos en libertad con el poco fiable requisito de facilitar un domicilio donde recibir notificaciones. Precisamente por su carácter y misión se construyeron en aquellas ciudades donde existe una mayor presencia de ciudadanos extranjeros. En España, los inmigrantes se concentran en las ciudades de todo el arco mediterráneo, en Madrid y en Canarias. Así, la red de CIE reproduce esa misma estructura: Barcelona, Valencia, Murcia, Málaga, Algeciras, Madrid y algunas islas canarias, con el objeto de estar donde están los irregulares.

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