El Supremo suspende cautelarmente el traspaso al País Vasco de la homologación de títulos superiores extranjeros

La medida cautelar responde a la solicitud planteada por diferentes colegios profesionales

ABC, ELENA CALVO Madrid, 26-07-2024

Para poder ser investido de nuevo como presidente del Gobierno, Pedro Sánchez negoció con el PNV varias transferencias al País Vasco, que incluían los servicios de Cercanías y la homologación de títulos extranjeros. Sin embargo esta última, que adelantó este periódico ya en noviembre de 2023, ha sido ahora suspendida cautelarmente por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

El Alto Tribunal suspende así cautelarmente la vigencia del Real Decreto 366/2024, de 9 de abril, por el que se traspasan a la Comunidad Autónoma del País Vasco funciones y servicios en materia de homologación y declaración de equivalencia de títulos obtenidos en el marco de sistemas de educación superior extranjeros a un título universitario oficial español. Con esta medida cautelar responde a la solicitud que plantearon varios colegios profesionales mientras el tribunal resuelve los recursos presentados al citado Real Decreto.

En una nota remitida este miércoles, el Supremo explica que «no debe haber impedimento» para que todos los recursos se resuelvan este mismo año, por lo que considera que si finalmente la sentencia que dicte desestima los recursos «no se habrá obstaculizado en exceso el ejercicio de las funciones traspasadas«. Y en caso contrario, es decir, si el Alto Tribunal estima los recursos presentados, »no se habrá dado lugar a la adopción de decisiones que no deberían corresponder a la comunidad autónoma«.

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De hecho, el Supremo señala que los letrados del País Vasco, personados en el procedimiento y que se han opuesto a la medida cautelar, han manifestado la «muy escasa incidencia» de la suspensión, pues todavía no se han dictado las resoluciones correspondientes definitivas y no se dictarán en el plazo de diez meses «entre otras razones, porque no se han adoptado las medidas organizativas y funcionales necesarias».

«Antes de llegar a ese momento ya habremos dictado sentencia», resalta el auto del Supremo, que argumenta a su vez que «la variedad creciente de titulaciones y la extraordinaria movilidad que se produce en nuestros días, en que cada vez más españoles estudian en el extranjero y más extranjeros aspiran a la homologación o al reconocimiento en España de los títulos universitarios obtenidos en sus países o en otros distintos del nuestro, aconsejan extremar todas las cautelas, en particular, las encaminadas a asegurar que se observan pautas homogéneas en la aplicación de las disposiciones generales vigentes».

Interés publico
El Alto Tribunal destaca también los criterios de interés público en los que se basa la medida cautelar. «De otro lado, no se oculta la trascendencia que para los intereses públicos generales, los que debe preservar el Estado, tiene la garantía de la actuación homogénea en esta materia en toda España, pues trasciende la dimensión meramente educativa, ya de vital importancia por sí sola, y se proyecta sobre la no menos relevante del ejercicio de las profesiones que requieren una determinada titulación universitaria. Es tan delicada esta materia, posee una dimensión transversal tan acusada, y comporta repercusiones sociales y económicas tan intensas y extensas, que toda prudencia es poca a la hora de prevenir la disparidad de criterios que, si ya existe cuando es una sola la Administración actuante, por fuerza ha de acentuarse cuando se suma otra», añade el auto.

Y ello, resalta el Supremo, «no significa presumir una actuación indebida de la Administración vasca, del mismo modo que en ningún momento se ha presumido que lo haya sido la observada por la Administración General del Estado y, sin embargo, no son pocas las ocasiones en que han prosperado recursos contra sus decisiones«.

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