«Permisos de residencia, formación y abusos laborales dificultan la integración de los migrantes»

Responsables de Extranjería informaron y atendieron las dudas de los ciudadanos extranjeros que residen en nuestra localidad

Diario Vasco, Alberto Echaluce Orozco, 17-06-2024

El acceso a los cursos formativos que posibilitan alcanzar el arraigo para una autorización de residencia temporal para los migrantes y los abusos laborales en el hogar son las dos problemáticas más importantes de este colectivo a la hora de permanecer en nuestra ciudad, según se pudo conocer en la charla que ofrecieron los responsables del departamento de Extranjería de la Subdelegación de Gobierno en Gipuzkoa, en Errebal, con el apoyo del Ayuntamiento de Eibar.

La charla informativa se ciñó a que la regulación y tramitación de documentación es una de las principales preocupaciones de las personas migrantes que llegan a nuestra ciudad, ya que se trata de un proceso arduo, largo y complicado. Sin redes adecuadas y apoyos institucionales, este trámite se convierte en un verdadero problema. Entre otras preocupaciones se dieron a conocer la «existencia de abusos laborales en algunos hogares de Eibar» que había llevado a crear un servicio gratuito, en Andretxea, «para todas las mujeres que estaban atravesando por estas situaciones».

A partir de aquí, se contestaron a todas las preguntas sobre los trámites necesarios y las principales dificultades que enfrentan las personas durante el proceso. Entre los ponentes estuvo el subdelegado del Gobierno en Gipuzkoa, Guillermo Echenique; Santiago Trullo, director provincial de Trabajo y Migración; Clara Pérez, coordinadora de la Oficina de Extranjería Provincial; y Begoña Palos, asesora de Asuntos Sociales en la Subdelegación de Gobierno en Gipuzkoa, que aclararon una a una las dudas de la ciudadanía con el fin de acercar la administración competente a la población que lo necesite.

Las preguntas más importantes que realizaron los migrantes estaban relacionadas con la autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se concede a la ciudadanos extranjeros que se hallen en el Estado y hayan permanecido de forma continuada durante dos años, permitiendo la obtención de una autorización para la realización de una formación, supeditada a la obtención de la autorización de residencia y trabajo a la superación de ésta y la presentación de un contrato de trabajo.

Expulsiones no ejecutadas
Pérez reconoció que «extranjería» estaba colapsada, pero que de los «1.000 expedientes tramitados han desembocado en 2 expulsiones, no ejecutadas, y cerradas con sendas multas». Nuestra legislación de extranjería es menos dura que la existente en muchos países».

Especialmente, se tocó el asunto de migrantes en situación irregular que contaban con trabajo precario, pero en el que los empresarios no llevaban a cabo la firma de contratos laborales, ni se les presentaban denuncia por miedo a ser despedidos o porque el titular de los negocios podría ser multado, pese al existir sectores con una alta demanda de trabajadores. Así, se tocó la problemática de muchos migrantes, en situación irregular esperando dos años a la obtención del permiso de residencia, pero en el que sus necesidades de supervivencia les llevaban a sufrir un verdadero calvario.

No obstante, Clara Pérez, explicó que «en esos casos, los derechos fundamentales son cubiertos y el RGI, la asistencia médica y la educación están garantizados». Guillermo Echenique habló que a partir del 1 de julio queda en manos del Gobierno Vasco la competencia de homologación de títulos, transferida por el Estado.

«Contratos de calidad»
Para formalizar el arraigo por formación, Clara Pérez expuso que se requería no ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, carecer de antecedentes penales en España y en su país de origen o en el país o países en que haya residido durante los últimos cinco años, no tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido; no encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España.

También, se exige que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen, haber permanecido con carácter continuado en España durante un periodo mínimo de dos años previos a la solicitud de la autorización. «Se entiende permanencia continuada si las ausencias no han superado los 90 días en los dos últimos años y comprometerse a realizar una formación reglada para el empleo o a obtener un certificado de profesionalidad, o una formación conducente a la obtención de la certificación de aptitud técnica. Esta figura abre la posibilidad de contar con un trabajo de calidad», eeclaró Clara Pérez.

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