Condenado a 14 años por violar a una niña de 13 años bebida en unas obras en Bilbao

La Audiencia absuelve a los otros dos implicados por las «dudas» sobre si vigilaban, como declaró la víctima, o se marcharon

Diario Vasco, Ainhoa de las Heras, 16-06-2023

La Sección Primera de la Audiencia de Bizkaia ha condenado a 14 años de prisión a un joven de 20 años por un delito de violación con acceso carnal a una niña de 13 años, que se encontraba en estado de embriaguez, en unas obras bajo un andamio en la calle Iturribide de Bilbao. Los jueces absuelven a los otros dos jóvenes implicados en la supuesta agresión sexual múltiple por las «dudas» que les ofrece su intervención, si realmente realizaron labores de vigilancia, como declaró la víctima, o se marcharon, como alegan ellos.

Los hechos se registraron en la madrugada del sábado 22 de febrero de 2020, en plenos carnavales. La menor, representada por la abogada de Auzolan, Marta Dolado, en nombre del Ayuntamiento, había estado con unos amigos en Bolueta hasta las 19.00 horas, cuando el grupo bajó a Iturribide y permanecieron en esta calle hasta las 22.30, cuando acudió con una amiga a su domicilio. En este tiempo, la adolescente bebió licores de alta graduación, como vodka, por lo que estaba afectada por su consumo.

En torno a las dos y media o las tres de la madrugada, salió de la vivienda y regresó a Iturribide esperando encontrarse con otra amiga. Hasta las cinco, estuvo con un grupo de personas y siguió bebiendo. En ese momento, conoció a un joven de 20 años, y a dos amigos de éste, de 20 y 18 años. Los tres eran inmigrantes de origen magrebí en situación irregular. La afectación por la ingesta de alcohol y la minoría de edad de la niña eran evidentes, señala la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico.

Cooperadores o coautores
En primer lugar, entraron los cuatro en un vending de la calle Larrínaga. La chica les advirtió que no quería que le grabasen con el móvil. El principal acusado se le acercó en un rincón y le dio un beso. A continuación, prosigue el relato de hechos, «la llevó a una zona próxima donde se encontraba un andamio en cuyo interior existía un hueco destinado a un elevador de materiales». «Con el ánimo de atentar contra la indemnidad sexual de la menor, se bajó los pantalones, se colocó encima de ella, le rompió el pantalón corto negro que la menor vestía bajo una falda como ropa interior, y la penetró vaginalmente venciendo su resistencia al dejar caer su peso sobre ella y agarrarla por los brazos».

Según el testimonio de la víctima, los otros dos chicos se encontraban también en el andamio, en actitud vigilante y uno de ellos llegó a tocarla, aunque incurre en alguna contradicción, por lo que han quedado exculpados. Finalmente, la menor consiguió zafarse del agresor propinándole un empujón y abandonó el lugar corriendo hacia la calle Iturribide.

Una vecina ayudó a la muchacha al verla semidesnuda y desorientada y llamó al 112. La niña fue examinada en el hospital por una médico forense, que apreció lesiones en las caras interna y externa de los muslos y heridas en la tibia y en un brazo. Los tres sospechosos fueron detenidos e ingresaron en prisión provisional, aunque dos de ellos quedaron meses después, en octubre, en libertad condicional con medidas cautelares.

El acusado reconoció haber estado con la menor, a la que le propuso «ser novios», aunque no recuerda si mantuvieron relaciones, sólo que se estuvieron besando porque había «tomado unas pastillas rojas que traen de Francia», dijo. El joven no supo explicar cómo había llegado su semen a la vagina y la vulva de la menor. «Hubo violencia concretada en tumbarla, colocarse encima y sujetarle los brazos», argumenta la resolución, que recuerda que el Tribunal Supremo «no exige que la víctima oponga una resistencia fuerte frente a un ataque violento con evidente desequilibrio de fuerzas».

La Fiscalía acusó a los cómplices de «cooperadores necesarios» y la acusación particular de «coautores». La Sala cree que la menor «ha mantenido el mismo relato en lo esencial sin que se aprecien contradicciones en los aspectos nucleares», aunque «no nos ha transmitido la misma convicción» respecto a los otros dos acusados absueltos. El condenado no podrá acercarse a la víctima durante 19 años y deberá indemnizarla con 18.000 euros.

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