La raza y la orientación sexual, dianas de los delitos de odio en Lugo
La Policía Nacional investigó tres casos de este tipo en los últimos seis meses, uno de ellos el intento de homicidio de la joven trans a la que habrían arrojado desde la Muralla
La Voz de Galicia, , 23-06-2022xisten muy pocas cosas que pudiesen justificar la comisión de un delito. Una que, desde luego, moviliza a la sociedad al extremo completamente opuesto, es la motivación de odio que está oculta tras esas palizas, esos insultos y esas discriminaciones que, en pleno año 2022, todavía le hacen la vida mucho más complicada a los miembros de los colectivos más desfavorecidos de la ciudadanía actual.
Los delitos de odio, como se les conoce en la jerga del Derecho penal, son una serie de infracciones que van a la raíz del asunto, ya que solamente pueden darse cuando se analizan los motivos más esenciales que pueden llevar a una persona a cometer una de esas ilegalidades. Se dan, exclusivamente, cuando el origen del delito, su principal causa, es el desagrado que le causa la víctima al delincuente, bien sea por su raza, su orientación sexual, su profesión y varios supuestos más.
Tres casos recientes en Lugo
La ciudad de Lugo no se libra de la comisión de estos delitos, ni mucho menos. En los últimos meses, la Policía Nacional afirma haber trabajado en tres asuntos que reunirían las características necesarias para ser considerados delitos de odio.
El proceso hasta que una persona sale condenada por una infracción así, sin embargo, es mucho más largo. Desde la Unidad de Delitos Especializados y Violentos (UDEV) de Lugo, encargada de la mayoría de estas investigaciones, afirman que lo primero es valorar si el hecho que se trata merece esta tipología penal. «Trabajamos sobre todo con casos de lesiones, de acoso y de daños. Un caso típico sería una paliza a una persona inmigrante por el hecho de serlo, un acoso a una persona homosexual por su condición, o rayarle el coche a un maestro simplemente por su profesión», explica uno de estos agentes. Lo que queda claro, por lo tanto, es que la motivación del delincuente para que se considere el delito de odio debe estar relacionada con la aversión que este tuviese contra un colectivo en concreto, como los inmigrantes, los transexuales, los profesores…
Los grupos afectados pueden ser muchos, pero la policía trabaja solamente con hechos objetivos. «No se le puede imputar a nadie un delito de odio sin pruebas fehacientes de que ese ha sido el móvil de los hechos», afirman desde la policía.
Además, existe un componente inherente a estos casos: la subjetividad. La propia policía afirma que es vital conocer «cómo se sintió la víctima durante la comisión de ese delito», ya que la intención de hacer daño por motivos racistas, homófobos y demás del autor supone un perjuicio más para quien lo sufre. La presencia de testigos que puedan acreditar algún comentario o actitud del presunto autor, que señale hacia un motivo de odio, también es clave para la investigación.
El odio puede ser también un agravante
A partir de ahí, es la policía la que debe decidir si se investiga al presunto autor por un delito de odio. También existe otra posibilidad legal, que es la de considerar el odio como agravante y no como delito. De hecho, desde la policía confirman que es más habitual este segundo caso, ya que el odio suele constituir más un complemento de un delito como el de acoso o el de daños que una infracción en sí mismo.
Cuando finaliza el trabajo de los agentes, comienza el de los juzgados. Aunque los agentes hayan investigado a una persona como presunta autora de un delito de odio, o de un delito con este agravante, la Fiscalía puede decidir no apoyar esta versión. La decisión de la policía, por lo tanto, no es vinculante.
Esto fue lo que ocurrió en uno de los tres casos que ha investigado la Policía Nacional en los últimos meses. A pesar de que la comisaría de Lugo decidió no facilitar ni datos estadísticos completos ni dar detalles de casos concretos, resulta evidente que uno de ellos fue el caso de la joven trans a la que habrían arrojado desde el adarve de la Muralla el pasado 30 de octubre. En ese caso, los agentes tenían claro que el motivo del presunto delito había sido la identidad de género de la joven, una mujer transexual. Los representantes de la acusación, cuando llegó la causa a los juzgados, no apoyaron esta versión.
Los otros dos casos en los que han trabajado los agentes en la ciudad han estado relacionados con la orientación sexual (homofobia) y la raza (xenofobia) de los denunciantes. Estas dos, de hecho, son las circunstancias más habituales que se encuentra la policía cuando trata con delitos de odio.
La joven se precipitó desde una altura de unos 12 metros hasta un patio interior, cercano a la Praza de Ferrol.
El caso de la joven trans a la que supuestamente empujaron desde la muralla de Lugo da un acelerón en los juzgados
ANDRÉ S. ZAPATA
«O 90 % das persoas vulnerables non denuncian cando sofren delitos de odio»
Miguel Vieito, abogado asentado en Outeiro de Rei, es especialista en tratar casos de discriminación en Galicia. En sus años de trabajo, afirma haberse encontrado hechos de este tipo en distintos ámbitos, pero que la ley actual supone una traba para los propios denunciantes. «O máis problemático é o que os xuristas denominamos ‘infradenuncias’. Isto quere dicir que o 90 % das persoas que son víctimas de delitos relacionados coa súa raza, a sua situación sexual e de xénero e demáis aspectos non denuncian os feitos», dice el letrado.
Las causas de esta negativa a acudir a la policía varían desde la desesperanza hasta la desconfianza en el sistema. «Non denuncian porque non esperan que sirva de nada. Non cren que a policía os poida axudar, e tampouco o sistema xudicial. Denunciar non é a súa primeira prioridade para solucionar o problema», comenta Vieito. El abogado, además, añade el componente de la normalización de la violencia como un factor a tener en cuenta. «As vítimas entenden estas situacións, que son delitos, como algo normal. Moitos cren que non merece a pena denunciar por algo que non consideran como negativo, se non que o pensan como que ‘é o que hai’», añade el letrado.
Para terminar, pone el foco en todas esas situaciones que, a pesar de constituir una discriminación contra las personas trans, homosexuales o migrantes, no están tipificadas como delitos. «A inmensa maioría destas vulneracións non se entenden como delitos. Isto é algo a ter moi en conta cando pensamos en como solucionar estas situacións, que seguen a darse desde na Sanidade ata na propia rúa, cada día», concluye Vieito.
El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, en una comparecencia en el Congreso
Los delitos de odio aumentan en España un 9,3 % en el primer semestre
LA VOZ
Los delitos de odio conocidos por las fuerzas de seguridad del Estado en el primer semestre del año aumentaron un 9,3 por ciento con respecto al mismo período de 2019 (el ejercicio anterior a la pandemia) hasta los 610, que en su mayoría fueron por racismo y xenofobia, ideología y orientación sexual.
Son datos facilitados este miércoles por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, que presentó el informe sobre la evolución de los delitos de odio en España durante 2020 e informó de las nuevas medidas adoptadas por su departamento para ampliar las funciones de la Oficina nacional de lucha contra este tipo de delitos.
Respecto a los datos de 2020, se conocieron 1.401 delitos, con un descenso del 17,9 por ciento respecto a 2019 debido a las medidas de confinamiento y las restricciones a la movilidad con motivo de la pandemia.
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