Trabajo logra regularizar el 81%de los contratos de empleadas de hogar de Gipuzkoa inspeccionados

Un total de 582 trabajadoras vieron actualizados salarios y cotizaciones el año pasado tras la campaña de envío masivo de cartas por parte de la Inspección de Trabajo

Diario Vasco, IMANOL LIZASOAIN, 09-05-2022

El Gobierno ha puesto el foco en los dos últimos años en sacar a la luz la economía sumergida que hay en el sector de las empleadas del hogar, uno de los más afectados por este tipo de fraude, ya que se estima que más de una de cada tres estaría trabajando ‘en B’. Por eso, la Inspección de Trabajo, ante el éxito de la anterior campaña, ha lanzado en 2022 un nuevo Plan de Actuación para regularizar los salarios y cotizaciones a la Seguridad Social en esta actividad, aunque en este caso se centra en las trabajadoras contratadas a tiempo parcial, según informó el Ministerio dirigido por Yolanda Díaz en un comunicado.

En la anterior campaña, que se inició en febrero de 2021 y finalizó el año pasado, se enviaron un total de 719 comunicaciones para la regularización final de 582 relaciones laborales de empleadas guipuzcoanas a jornada completa. Y su impacto fue más que evidente: algo más del 80% de los empleadores del territorio ha regularizado la situación laboral de la persona empleada sin reducir su jornada de trabajo, según los datos proporcionados por la subdelegación del Gobierno en Gipuzkoa.

Si ampliamos el mapa a Euskadi, se enviaron 2.341 misivas a los empleadores que dieron lugar a la regularización de 1.797 empleadas, lo que supone una tasa de éxito del 76,7%. En el conjunto del Estado, ese porcentaje asciende hasta el 94,2% (ver gráfico adjunto). Una apreciable mejora para un colectivo, copado por mujeres y con gran porcentaje de inmigrantes, tradicionalmente afectado por la precariedad laboral y los bajos sueldos, como han venido denunciando distintas asociaciones como SOS Racismo.

Aclarar dudas
El 92% de las regularizaciones llevadas a cabo en Gipuzkoa se han producido con incremento de la retribución respecto a la declarada antes de la recepción de la carta, el mismo porcentaje que en el País Vasco. Asimismo, algo más del 82% de los empleadores regularizaron la situación laboral de las trabajadoras sin reducir su jornada en el territorio, frente a un 80,8% en la CAV. Por último, se consiguieron transformar 41 contratos temporales en indefinidos en Gipuzkoa, y 128 en Euskadi.

LAS CLAVES
Economía sumergida Se estima que una de cada tres empleadas del hogar en España estaría trabajando en negro

Jornada completa La remuneración debeser de 1.166,67 euros en doce pagas o 7,82 euros para jornada por horas

Proceso de regularización El titular del hogar familiar debe comunicar a la Tesorería General el salario real de la empleada

Esta nueva campaña se basa en el mismo método que la que se puso en marcha justo hace ahora un año: un envío masivo de cartas dirigidas a las personas empleadoras, ofreciéndoles asistencia técnica e información para que procedan a la regularización de los salarios que se encuentren por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). En este sentido, a lo largo de 2021 hubo varios ajustes del SMI que hicieron bailar las cotizaciones y salarios de este colectivo, sin que los empleadores fueran conscientes, lo que causó desajustes en las retribuciones, que tuvieron que regularizarse.

Para proceder a la regularización de salario y cotizaciones de las empleadas del hogar, el empleador ha de comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social el salario real, que en ningún caso puede ser inferior al SMI, o la parte proporcional correspondiente a las horas trabajadas. Para jornada completa, la remuneración debe ser 1.166,67 euros al mes en doce pagas, por cuarenta horas semanales, y para jornada por horas el salario mínimo será de 7,82 euros la hora. Para calcular el salario neto de los empleados del hogar hay que restar a esos 7,82 euros la cuota de cotización a la Seguridad Social correspondiente. En la actualidad el tipo es del 28,3%. De esa cantidad, un 4,7% corre a cargo de empleado y el 23,6% lo paga el empleador. Para la cotización por contingencias profesionales se aplicará el 1,5%, a cargo exclusivo del empleador.

Reducción de hasta el 45%
A este respecto, cabe recordar que sigue vigente la reducción del 20% en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes para los trabajadores dados de alta desde el 1 de enero. Este porcentaje se eleva hasta el 45% para las familias numerosas, cuando los progenitores trabajen por cuenta ajena o propia fuera del hogar.

Para proceder a la regularización de salario y cotizaciones de las personas trabajadoras del hogar, el titular del hogar familiar habrá de comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social el salario real, que como decimos en ningún caso podrá ser inferior al SMI o la parte proporcional correspondiente a las horas trabajadas.

Se puede hacer a través de Import@ss, la plataforma de trámites online de la Seguridad Social, accesible tanto para el empleador como para el empleado. Dentro de esta, hay una sección específica para el trabajo de hogar y se debe seleccionar la pestaña ‘Modificación de datos laborales en empleo de hogar’.

La ratificación del Convenio 189 de la OIT permitirá la prestación por desempleo
El Gobierno también anunció a principios de abril que reconocía el Convenio 189 de la OIT sobre trabajo decente para las empleadas del hogar, asegurando vacaciones y descanso. Su ratificación permite garantizar el derecho a la prestación por desempleo para este colectivo por primera vez en la historia y que históricamente ha sido precarizado en cuanto a condiciones laborales se refiere.

Teniendo en cuenta la normativa, por cada año trabajado se tiene derecho a cobrar 4 meses de paro. En la tabla ofrecida por el Servicio Público de Empleo Estatal pueden calcularse los días de paro que corresponden en función del número de días cotizados.

Para calcular cuánto paro le corresponde, la Seguridad Social tiene en cuenta la media de la base de cotización de los últimos 180 días cotizados, sin tener en cuenta las horas extraordinarias. El importe diario que se cobra con el paro es del 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días de la prestación por desempleo y el 50% el resto de días que dure el paro. Uno de los requisitos indispensables pasa por tener cotizados al menos 360 días durante los seis años anteriores a la situación de desempleo, es decir, desde que se perdió el trabajo.

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