Editorial

EDITORIAL: EL GOBIERNO ALLANA EL CAMINO A LA EXCULPACION DE 'LOS ALBERTOS'

El Mundo, 16-07-2006

Si ayer calificábamos como equivocada la decisión del Gobierno de modificar el Código Penal para suprimir la expulsión automática de los inmigrantes ilegales que sean condenados a penas inferiores a seis años, hoy nos vemos obligados a criticar el aspecto de la reforma que afecta a la prescripción de los delitos. El Gobierno ha hecho suyo el criterio del Tribunal Constitución frente a la doctrina del Supremo, según la cual bastaba con que un ciudadano presentara una denuncia para interrumpir el plazo de prescripción. A partir de la entrada en vigor de la reforma aprobada el viernes en el Consejo de Ministros, será necesario que dicha denuncia sea admitida a trámite por un juez.


Ambos criterios jurídicos son defendibles. De hecho, parte de la Sala Segunda del Supremo coincide con la postura del Constitucional, que es muy garantista y tiende a evitar la picaresca de que querellantes ansiosos de alcanzar apaños económicos planteen la interposición de una demanda in extremis como una especie de chantaje. Ahora bien, frente a estos argumentos están las evidentes desventajas de la doctrina avalada por el Gobierno. Fijar la prescripción en función de la admisión a trámite de la querella y no de su presentación implica condicionar la exigencia de responsabilidades penales al criterio subjetivo, carga de trabajo y diligencia de cada juez. Y ya sabemos cuál es el ritmo habitual con que resuelve la Justicia española. También puede ocurrir que un juez desestime la admisión a trámite y en cambio un tribunal superior la acepte, como ocurrió con el caso Alierta, pero entretanto vaya corriendo el tiempo de la prescripción en favor del delincuente o infractor.


En parte, este efecto negativo se ve compensado por la decisión de aumentar el tiempo de prescripción para determinados delitos, sobre todo de tipo económico. Sin embargo, hay otros aspectos de la reforma que merecen ser denunciados. Aunque la modificación no afecta sensu stricto a ningún caso en concreto, sí allanará el camino a los Albertos para eludir su responsabilidad en el caso Urbanor, por el que el Supremo les condenó a sendas penas de tres años y cuatro meses de prisión en virtud del criterio de prescripción del delito vigente hasta ahora. Nadie puede pensar que el Tribunal Constitucional, que tiene pendiente resolver el recurso de amparo, va a confirmar la condena en contra de su propia doctrina y cuando el legislador está modificando el Código Penal precisamente a favor de que para interrumpir la prescripción haga falta la intervención de un juez. El Gobierno facilita de esta manera a Alberto Cortina y Alberto Alcocer eludir la acción de la Justica, que considera probado que engañaron y estafaron a los accionistas minoritarios de la sociedad Urbanor en la venta de terrenos en la madrileña plaza de Castilla. Muchas personas no podrán más que vincular una cosa con otra. También este periódico. Resulta desolador e inquietante comprobar el doble rasero con que se aplica la Justicia en nuestro país: uno para los ciudadanos normales y otro para los que tienen influencia y conexiones con las más altas esferas del poder.

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