Condenado por estafar 30.000 euros a un colegio de Getxo a través de Internet
Un 'hacker' realizó, gracias a un virus 'troyano', transferencias a cartillas abiertas por el acusado en Sevilla
El Correo, 06-07-2006La Audiencia provincial vizcaína ha ratificado la condena impuesta por el Juzgado de lo Penal número 5 de Bilbao a Oleksiy L., ciudadano ucraniano de 30 años, a dos años y medio de prisión por una estafa continuada de casi 30.000 euros vía Internet a un colegio de Getxo. Según ambas sentencias, a las que ha tenido acceso este periódico, el acusado abrió cuatro cuentas corrientes en distintas sucursales bancarias de Sevilla, que recibieron nueve transferencias no autorizadas oficialmente de importantes cantidades de dinero, de entre 3.000 y 6.000 euros, los días 1, 4 y 6 de diciembre de 2004.
Según la última resolución de la Sección Segunda de la Audiencia, el caso responde a una trama urdida por varias personas cuyas identidades se desconocen, entre ellas un ‘hacker’ que introdujo un virus ‘troyano’ – programa que suele estar oculto bajo la apariencia de una fotografía o publicidad remitida por correo electrónico – en uno de los ordenadores del centro escolar. De esta forma, lograron violar las claves secretas de acceso y ordenar traspasos de dinero a los números de cuenta cuyo titular era Oleksiy L., anteriormente citadas.
Lo más sorprende de la estafa radica en que el ‘troyano’ estaba alojado en la página de una empresa de Japón (sin que ellos lo supieran), de donde se descargó al sistema operativo del colegio vizcaíno. Las claves fueron enviadas a Estonia y las transferencias, realizadas desde Estados Unidos y Ucrania. Una perfecta red en la que el verdadero cerebro resulta difícil de desenmascarar.
La alarma saltó gracias al responsable de un banco que sospechó de la legalidad de una de las operaciones y realizó una llamada telefónica de confirmación. La directora del colegio negó haber ordenado ninguna traspaso de dinero en las fechas señaladas, y no le cabía ninguna duda ya que se trataba de días festivos. La responsable del centro educativo presentó una denuncia ante la Ertzaintza y expertos informáticos del cuerpo iniciaron entonces una investigación que concluyó con la detención en Sevilla de Oleksiy L.
Indemnización a la BBK
Durante el juicio, el único acusado, último escalón del entramado, alegó que abrió las cuentas como «favor» a varios compatriotas ilegales que trabajaban de temporeros en el campo y querían ingresar sus salarios. El inmigrante negó que conociera el origen ilícito del dinero, aunque admitió que días después escuchó que podía proceder de un robo. Esta versión no ofreció «credibilidad» al magistrado ni al tribunal que revisó la primera sentencia.
La sala ratifica la prisión provisional en que se encontraba el condenado por el riesgo de fuga y le condena a indemnizar con 20.868 euros a la BBK, entidad perjudicada que reclamaba como acusación particular más de 50.000 euros. La BBK devolvió en su día a la escuela parte del dinero transferido. Otro intento de estafa no llegó a materializarse y el dinero quedó retenido.
El Ministerio fiscal reclamaba la misma pena a la que finalmente ha sido condenado el inculpado; la acusación privada pedía tres años de cárcel, y la defensa solicitaba la libre absolución por considerar que no había delito.
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