Veinte dudas razonables sobre el día después

- Cataluña vota hoy un Estatut que lleva más de dos años y medio

La Razón, 18-06-2006

Madrid – Desde el 15 de diciembre de 2003, cuando un triunfante Pasqual
Maragall se comprometía formalmente a reformar el Estatut durante su
discurso de investidura como presidente de la Generalitat, hasta el 18 de
junio de 2006, día señalado para que los catalanes se pronuncien sobre el
nuevo texto, han pasado algo más de dos años y medio. Han sido 31 meses de
interminables reuniones y desencuentros, 134 semanas de declaraciones
políticas altisonantes, casi 1.000 días de mensajes cruzados, alianzas
inesperadas y traiciones previsibles. El nuevo Estatuto catalán puede
pasar a la historia como el texto legislativo que más páginas
periodísticas, cortes de radio y piezas de televisión ha ocupado en los
últimos tiempos. Y, sin embargo, gran parte de los que acudan hoy a las
urnas todavía no tienen muy claro el efecto que el documento tendrá en su
vida diaria. Sin ánimo de pontificar, LA RAZÓN responde a 20 de las muchas
preguntas que se harán los catalanes tras el previsible «sí» .
    – ¿Cuál es mi nación? La pregunta del millón. Según el preámbulo, el
Parlament ha definido a Cataluña como una nación apoyándose en el artículo
2 de la Constitución, que reconoce su «realidad nacional» como una
«nacionalidad». Por su parte, el artículo 1 deja las cosas como estaban
desde 1979 y establece que ejercerá su autogobierno «constituida en
Comunidad Autónoma». Digamos, por tanto, que el Estatut le concede una
especie de doble nacionalidad: la catalana – más «sentimental» – y la
española, que es la única válida a todos los efectos.
    – ¿Cuál es mi himno nacional? El texto no deja lugar a dudas. Si ha
nacido dentro de los límites de Cataluña, acostúmbrese a tararear la letra
de «Els Segadors». Podrá hacerlo el 11 de septiembre – fiesta nacional
catalana – mientras ondea una «senyera» con cuatro barras rojas sobre fondo
amarillo. Eso sí, si es usted un forofo del fútbol, no tendrá que ver el
futuro Mundial de 2010 con el corazón «partío»: se ha eliminado del texto
toda posibilidad de que Cataluña tenga una selección nacional capaz de
disputarle a España un hipotético acceso a semifinales…
    – ¿Existe obligación de saber catalán? El artículo 6 estipula que todos
los ciudadanos tienen derecho a utilizar el castellano y el catalán, pero
el conocimiento de esta última se convierte también en un «deber» para los
residentes en Cataluña.
    – ¿Se puede escolarizar a los niños en
castellano? En teoría, sí. Pero si hasta ahora la Generalitat ha puesto
mil y una trabas a los padres que buscaban una educación «castellanizada»
para sus hijos, el nuevo texto no parece que vaya a facilitar las cosas.
El artículo 35 habla exclusivamente del «derecho a recibir la educación en
catalán», que debe utilizarse «normalmente» como lengua de aprendizaje a
lo largo del ciclo formativo. Para compensar, hay una referencia genérica
a la necesaria «presencia adecuada» del castellano en los planes de
estudios.
    – Se puede conseguir una plaza en la Administración de
Justicia en Cataluña sin saber catalán? Lo que los impulsores del Estatut
querían convertir en «requisito» acabó siendo un conocimiento «adecuado y
suficiente» de esa lengua, aunque más adelante la futura Ley Orgánica del
Poder Judicial (LOPJ) lo trasformará en «mérito determinante». Para
solventar dudas, nada mejor que recurrir al ejemplo que puso el portavoz
socialista en el congreso, Diego López Garrido, durante la tramitación:
«Si a una plaza de juez se presentan dos candidatos que saben catalán y
uno que no, los dos primeros tendrán preferencia; pero si ninguno de los
tres domina esta lengua, la plaza también se asignará a uno de ellos». Si
él lo dice…
    – ¿Quien gestionará los permisos de trabajo de los
inmigrantes? La Generalitat tendrá en su mano la capacidad de autorizar a
los extranjeros para trabajar en Cataluña, aunque la concesión del permiso
de residencia seguirá siendo cosa de la Administración central.
    – ¿Se puede recurrir al Tribunal Supremo como última instancia? Pues va a
ser que no… o casi. El artículo 95 convierte al Tribunal Superior de
Justicia de Cataluña (TSJC) en la última instancia de todos los procesos
jurisdiccionales iniciados en esa comunidad, y sólo deja al Supremo el
papel de unificador de doctrina. Traducción: en Madrid, por ejemplo, un
condenado por la Audiencia provincial puede recurrir al TS, mientras que
en Barcelona el mismo caso acabaría en el TSJC sin llegar al Alto Tribunal.
    – ¿Será posible recurrir al Defensor del Pueblo? Si cree que sus derechos
han sido lesionados, olvídese de la oficina que dirige Enrique Múgica. Su
defensor tendrá que ser obligatoriamente el Sindic de Greuges, que
supervisa «con carácter exclusivo» la actividad de empresas y
administraciones en Cataluña.
    – ¿Provincia o veguería?
Barcelona, Tarragona, Lérida, Gerona… A partir de la entrada en vigor
del Estatut, Cataluña ya no tendrá provincias sino veguerías, cuyos
límites territoriales no podrán ser alterados salvo a través de la
Constitución. Los consejos de veguería sustituyen a las clásicas
Diputaciones Provinciales.
    – ¿Tendrá Cataluña un cuerpo propio de
funcionarios? Así lo prevé el artículo 103, que en su tercer apartado
permite al Parlament crear cuerpos de funcionarios al servicio de la
Administración de Justicia «que dependen de la función pública de la
Generalitat. – ¿Condición indispensable para formar parte de ellos? Pues
si, «acreditar un conocimiento adecuado y suficiente de las dos lenguas
oficiales» (art. 102.4).
    – ¿Puede la Generalitat crear tributos
propios cuando quiera? Eso es lo que dice al menos el artículo 203.5, que
pone como condición hacerlo a través de una ley aprobada por el Parlament.
    – ¿A quién tendré que pagar mis impuestos? Por ahora, cada oveja irá con su
pareja: la recaudación de los impuestos propios y cedidos totalmente por
el Estado a la Generalitat será cosa de la Agencia Tributaria de Cataluña,
y para el resto (IRPF…) habrá que rendir cuentas a Hacienda. Pero en el
plazo de dos años ambas formarán un consorcio que «podrá trasformarse en
la Administración Tributaria de Cataluña» (art. 204.2).
    – ¿Qué administración concederá becas a los universitarios? La
regulación y gestión del sistema propio de ayudas corresponderá a la
Generalitat, que «si procede» también hará lo propio con los fondos
estatales dedicados a tal fin.
    – ¿Quién ofrecerá la información
meteorológica? El pronóstico sobre temperaturas, lluvias y estado de la
mar en Cataluña ya no vendrá avalado por el Instituto Nacional de
Meteorología, ya que el Estatut faculta a la Generalitat para crear un
servicio meteorológico propio.
    – ¿Se podrán crear nuevos juegos
y apuestas? Si le gusta arriesgar unos euros para intentar salir de pobre
y vive en Cataluña, está de enhorabuena. La Generalitat podrá crear y
autorizar nuevos juegos y apuestas en territorio catalán si lo estima
conveniente, y además su opinión será determinante para ampliar o
modificar las ya existentes a nivel estatal.
    – ¿Se podrá decidir
sobre la propia muerte? Fue uno de los debates más candentes en el trámite
del Congreso. Al final, asegura CiU, se cerró la puerta a la eutanasia y
lo que reconoce el artículo 20 es el derecho de los catalanes «a vivir con
dignidad el proceso de la propia muerte».
    – ¿Quién presidirá los
actos oficiales? El «molt honorable» de turno no será al final el primero
de la lista, incluso por delante del Rey o el presidente del Gobierno. Eso
sí, tendrá «la posición preeminente que le corresponde» (art. 67.5).
    – ¿Puedo gozar del paisaje como antes? Desde luego, y además ahora la
Generalitat se lo garantiza en el artículo 27. Para el presidente del PPC,
Josep Piqué, éste es uno de los mayores ejemplos del «exagerado
intervencionismo» del texto.
    – ¿Quién decide qué contenidos se
enseñan a mis hijos? Los nuevos «poderes» de la Generalitat alcanzan
también a la «determinación de los contenidos educativos del primer ciclo
de la educación infantil» (art. 131.2), así como al control de las
actividades extraescolares en centros públicos y concertados.
    – ¿El Prat será de la Generalitat? Todavía no, pero todo se andará. De
momento, y aunque fuera del Estatut, el Gobierno ha comprometido una
futura ley para gestionar el aeropuerto al alimón con el Gobierno
catalán…
   

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