LO NUEVO DEL ESTATUT
La Vanguardia, 02-06-2006Si una de las competencias nuevas que el Estatut otorga a la Generalitat tuviera que ser considerada emblemática por todo lo que política y simbólicamente representa, ésta sería sin duda la relativa a inmigración. La inmigración es, de hecho, uno de los principales ámbitos competenciales nuevos que gana la Generalitat, como muestra de que el Estatut no sólo amplía la capacidad de autogobierno de Catalunya, sino que se adapta también a las demandas de la sociedad e intenta cubrir las necesidades que en el año 1979 no eran tales.
>
A la Generalitat corresponderá, en concreto, la intervención en el establecimiento del contingente de trabajadores extranjeros que necesite Catalunya, es decir, “la participación en las decisiones del Estado sobre inmigración con especial trascendencia para Catalunya y, en particular, la participación preceptiva previa en la determinación del contingente de trabajadores extranjeros”, así como la gestión de los permisos de trabajo para los inmigrantes, dentro de la competencia ejecutiva que tendrá “en materia de autorización de trabajo de los extranjeros cuya relación laboral se desarrolle en Catalunya”.
>
La Generalitat dispondrá igualmente de la competencia exclusiva en la primera acogida de las personas inmigradas, que incluirá actuaciones sociosanitarias y de orientación, el desarrollo de políticas de integración social y económica y el establecimiento de medidas para la participación social. El marco de referencia para la acogida e integración de las personas inmigradas en Catalunya deberá quedar establecido, en cualquier caso, por una ley de la Generalitat, que en este contexto cuidará asimismo de promover medidas para facilitar el regreso de emigrantes y sus descendientes a Catalunya y la consiguiente integración. –
>
(Puede haber caducado)