¿Cómo afecta a los ciudadanos el 'Brexit'?

En términos generales, y durante el periodo transitorio que se establezca, siguen vigentes la mayor parte de derechos La salida ordenada de Reino Unido de la UE minimiza los problemas para residentes y viajeros

Diario Sur, AMPARO ESTRADA/ JOSÉ M. CAMARERO, 18-10-2019

madrid. De confirmarse el acuerdo sobre el ‘Brexit’ que ayer se anunció en Bruselas, la salida del Reino Unido de la Unión Europea se realizará de forma ordenada. Un alivio para los miles de ciudadanos que residen, trabajan, comercian o simplemente visitan ambos lados de la frontera. Todo está aún pendiente de la validación que el Parlamento británico debe confirmar este sábado del acuerdo. Aunque teóricamente será una salida tranquila, habrá cambios que los ciudadanos tendrán que tener en cuenta.

Después de la fecha del ‘Brexit’, todos los ciudadanos europeos que deseen residir, trabajar o estudiar en el Reino Unido (o seguir haciéndolo) tendrán que pasar por un nuevo procedimiento del Ministerio de Interior británico, el ‘EU Settlement Scheme’. Habrá dos estatus: Permiso de residencia indefinido para quienes lleven más de cinco años residiendo en UK de forma continua o permiso de residencia temporal para quienes lleven menos de cinco años. Como el temporal tendrá una vigencia de 5 años, podrá pasar al indefinido. A partir del 31 de diciembre de 2020, los empleadores, arrendadores, bancos o servicios de inmigración podrán requerir el permiso de residencia, ya sea indefinido o temporal.

Los estudiantes que estén ahora en Reino Unido o que vayan a iniciar sus estudios después del ‘Brexit’ no tienen que pedir permiso de residencia siempre que acaben sus estudios y vayan a volver a España antes del 31 de diciembre de 2020. Basta con tener el pasaporte. No obstante, si van a seguir estudiando después de esa fecha o quieren empezar a trabajar al terminar los estudios, sí tienen que solicitar el permiso.

Los cónyuges, parejas de hecho, hijos o nietos (menores de 21, o mayores de 21 años pero dependientes), y padres o abuelos dependientes podrán entrar en el Reino Unido en cualquier momento después del ‘Brexit’, siempre que la relación exista antes del 31 de diciembre de 2020 y en el momento de la entrada en el Reino Unido (lo hijos futuros pueden entrar en cualquier momento).

Después del 31 de diciembre de 2020, la entrada a trabajar o residir en el Reino Unido se hará en función del futuro sistema migratorio británico.

Los ciudadanos comunitarios y, por tanto, los españoles, podrán de momento entrar y salir del Reino Unido, tanto si son residentes como si viajan por turismo, con un pasaporte emitido por cualquier Estado Miembro o con un Documento Nacional de Identidad, siempre que estén en vigor durante todo el tiempo de su estancia.

Los visitantes podrán seguir usando su carnet de conducir europeo. Los residentes en el Reino Unido que empezaron su estancia siendo menores de 67 años podrán seguir conduciendo en el Reino Unido con un carnet de conducir emitido por un Estado miembro sin cambios hasta los 70 años. Si pasó a ser residente en el Reino Unido siendo mayor de 67 años, podrá seguir usando su carnet de conducir europeo hasta un máximo de 3 años. Posteriormente, deberá intercambiar su carnet de conducir español por uno británico.

Se mantiene el derecho de los ciudadanos de la UE a continuar recibiendo asistencia sanitaria en el Reino Unido en las mismas condiciones que las actuales hasta el 31 de diciembre de 2020. El derecho a la sanidad será independiente de estar o no registrado y el personal médico no tendrá derecho a hacer controles más allá de pedir el pasaporte o la tarjeta sanitaria que, en caso de Acuerdo, seguirá teniendo vigor.

Los periodos cotizados por españoles en el Reino Unido serán tenidos en cuenta a la hora de calcular el derecho y el importe de la pensión. Si ya se está cobrando la pensión, durante el periodo transitorio, las pensiones seguirán siendo satisfechas de acuerdo con el principio de exportabilidad previsto en la normativa europea.

A su pensión estatal no le pasará nada y todo seguirá como hasta ahora. Tendrá derecho a su pensión en las mismas condiciones que hoy, el importe se calculará con arreglo a las mismas normas y podrá incluso exportarlo y adaptarlo a otro Estado de la UE si decide asentarse en otro lugar.

Durante el periodo transitorio, se mantendrá la situación actual a los efectos de acceso a prestaciones por desempleo en el caso español. Y para el acceso a prestaciones por desempleo en Reino Unido, habrá que estar pendientes de lo que determine la legislación de ese país.

A partir de la fecha de retirada efectiva, Reino Unido pasará a ser un tercer país a efectos de las normas de la UE sobre ‘roaming’ (itinerancia de datos). Ello significará que los usuarios de telefonía móvil pueden dejar de beneficiarse de la obligación que ahora tienen sus proveedores de telefonía de no aplicarles recargo alguno por ‘roaming’. Este es uno de los aspectos que más ampollas económicas levantará, sobre todo entre los viajeros que habitualmente van a Reino Unido.

Texto en la fuente original
(Puede haber caducado)