Exculpan al fundador de Asolatines de estafar medio millón en ayudas solidarias
La sentencia recoge que uno de los proyectos subvencionados no llegó a ponerse «nunca» en marcha, como reconoció Antonio Capel durante la celebración del juicio
La Verdad, , 05-10-2019La magistrada del Juzgado de lo Penal número dos de Murcia, María de la Fe Tabasco Cabezas, ha exculpado a Antonio Capel Riera de un delito de fraude de subvenciones a la Comunidad Autónoma. Capel fundó a principios de la década pasada Asolatines y Corazón Solidario, dos asociaciones que adquirieron gran repercusión por su implicación con el colectivo inmigrante, y en concreto con la comunidad latina residente en la Región de Murcia.
Todo comenzó con las ayudas que Asolatines recibió en el año 2006 de la Dirección General de Inmigración y Voluntariado, dependiente de la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración, entonces capitaneada por Joaquín Bascuñana. En ese año, y según considera «indiscutido» la sentencia, la sociedad «sin ánimo de lucro» recibió tres subvenciones de 187.000, 183.426 y 66.826 euros para diferentes proyectos sociales. Uno de ellos, el Cabezo Cortao de la Casa de las Américas, no llegó a materializarse «nunca», según reconoció el propio acusado durante el juicio. Sin embargo, entiende la magistrada que una de las subvenciones se encuentra por debajo del límite penal, y que las otras dos están justificadas a través de diferentes pagos.
El letrado de la Comunidad Autónoma y la acusación particular pedían cinco años de prisión, multa de 600.000 euros y una responsabilidad civil de más de medio millón de euros. Las acusaciones sostuvieron durante el juicio que las subvenciones obtenidas por Capel y su entonces esposa, Ivette Durán – directora general de la sociedad y que hoy sigue en rebeldía – , por un importe superior al medio millón de euros, las destinaban a fines propios.
La sentencia recoge las alegaciones de la letrada de la defensa, Rocío Espinosa Sierra, sobre la justificación de los pagos realizados con las subvenciones obtenidas, y absuelve a Antonio Capel del delito contra la Hacienda Pública «por no darse los elementos del tipo», según la letrada. La magistrada concluye que, del análisis de las pruebas aportadas a juicio, y en concreto de la información solicitada sobre las cuentas bancarias titularidad de la asociación «resulta acreditado que Asolatines realizó los pagos suficientes» para conseguir la absolución. La sentencia, que no es firme, puede ser recurrida.
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