Los comunitarios ya pueden vivir en un país de la UE sin permiso de residencia

Diario Vasco, 03-05-2006

BRUSELAS. Los ciudadanos de la Unión Europea y sus familias ya no necesitan un permiso de residencia para poder vivir legalmente en otro Estado miembro, con la entrada en vigor de una directiva que supone «un hito en la integración comunitaria», afirmó ayer el comisario europeo de Justicia, Franco Frattini.

Con la normativa, recién entrada en vigor, bastará con un mero registro, si así lo exige el país, y con «tener un pasaporte o carné de identidad» para poder residir en otro Estado miembro, explicó Frattini, que señaló que siete millones de ciudadanos comunitarios viven en la actualidad en otros países de la UE.

Aunque desaparece el permiso de residencia, en las estancias superiores a tres meses el ciudadano deberá demostrar que dispone de los medios económicos necesarios para subsistir y de un seguro médico, precisó el comisario.

La directiva introduce un derecho de estancia permanente, no sometido a condición alguna, después de cinco años de residencia interrumpida en el Estado miembro de acogida. En los cinco primeros años de estancia un ciudadano comunitario sólo podrá ser expulsado a otro país de la UE si ha atentado contra el orden público o la seguridad nacional. Los mismos derechos se concederán a las parejas de hecho y a los cónyuges homosexuales en los países que reconozcan esas uniones, indicó el comisario.

De terceros países

Además, se extenderán a las parejas procedentes de terceros países y, por primera vez, reconocerá un derecho autónomo de residencia incluso en caso de fallecimiento del ciudadano del que dependan o de disolución del matrimonio.

La directiva «plantea las bases para una auténtica ciudadanía europea», dijo en rueda de prensa Frattini, que anunció que hasta la fecha sólo Austria, Eslovenia y Eslovaquia han adaptado a sus legislaciones la nueva norma europea, lo que todos los países debían haber hecho antes del pasado 30 de abril.

Reino Unido y Dinamarca «prácticamente» han finalizado el proceso, mientras que España y Francia han informado a Bruselas de las medidas planteadas para adaptarla, añadió el comisario.

Por otro lado, Bélgica, Luxemburgo, Italia y Finlandia han anunciado que no podrán hacerlo en el plazo previsto. No obstante, la nueva legislación es ya obligatoria incluso en los países que aún no la han traspuesto a su ordenamiento jurídico, precisó el comisario. Entre otras ventajas, la nueva directiva simplifica las condiciones y formalidades administrativas. EFE

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