Los extranjeros que entren en el Ejército tendrán que aprender historia de España

- La Ley de la Carrera Militar fija que para ser oficial habrá que tener

La Razón, 24-04-2006

Madrid – El primer reto del ministro de Defensa, José Antonio Alonso, será
llevar a buen puerto la Ley de la Carrera Militar, encarrilada ya por el
equipo de su predecesor, José Bono. Esta norma, fundamental para los
militares en cuestiones como la integración de escalas, la enseñanza o las
reglas de comportamiento, es una de las cuatro patas legislativas
planteadas por Bono para la transformación y la actualización de las
Fuerzas Armadas. Tras esta, que llegará al Congreso de los Diputados en
junio previsiblemente, Alonso tendrá que meterse en faena con la Ley de
Derechos y Deberes de los militares, que completará la «mesa» normativa
ideada por su antecesor.
   Por de pronto, el anteproyecto de Ley de la
Carrera Militar, al que ha tenido acceso LA RAZÓN, ya incluye una buena
dosis de novedades sobre los esquemas de enseñanza y de ascensos de los
profesionales de las Fuerzas Armadas. La ya anunciada creación de la
Universidad Nacional de la Defensa es uno de los pilares básicos de esta
ley. Estructurada en facultades y escuelas, integrará a las academias de
oficiales, la Academia General Militar, la Escuela Naval Militar, la
Academia General del Aire, las Escuelas de los Cuerpos Comunes, la Escuela
Superior de las Fuerzas Armadas y la Academia de oficiales de la Guardia
Civil.
   En un principio, la Universidad constará de la Escuela de
Tecnología y Ciencias Experimentales, la Facultad de Ciencias Jurídicas y
Sociales y la de Ciencias Económicas y Empresariales. Tras muchos debates
internos, el campus en el que se congregarán los alumnos de los tres
ejércitos sólo impartirá un curso común en cada carrera, en el mismo
campus. Tras ese año, los alumnos proseguirán con su formación, tanto
militar como universitaria en las respectivas academias de la Armada, de
Tierra y del Aire.
   El acceso a la Universidad se producirá en las
academias de oficiales, lo que supondrá que al tiempo que uno entra en las
citadas academias, forma parte también de la Universidad. Por tanto, un
militar que aspire a ser oficial deberá ingresar en su academia
correspondiente, momento en el que iniciará los estudios universitarios,
de modo que al concluir los cinco años será teniente y tendrá un título
universitario del sistema educativo general.
   En el caso de los
suboficiales y la tropa y marinería, la Ley especifica que los centros en
los que se formen tendrán la homologación y el reconocimiento para otorgar
títulos del sistema educativo general. Para ser suboficial, por tanto,
habrá que tener una titulación de técnico superior. Respecto a los
soldados y marineros, la ley pero fija el objetivo de conseguir que estos
militares, a lo largo de su carrera, obtengan el título de técnico de
formación profesional de grado medio.
   El concepto de
Universidad Nacional de la Defensa es más abstracto que el una universidad
«civil». Esta nueva institución la integrarán los diversos centros
educativos de las Fuerzas Armadas aunando una enseñanza militar con una
puramente universitaria pero manteniendo la situación geográfica que en
este momento tienen esos centros.
   En cuanto a los extranjeros que
ingresen en las Fuerzas Armadas, cuya aceptación ya está regulada e
incluye sólo a los que provengan de países de habla hispana y Guinea
Ecuatorial, la nueva norma incluye un apartado específico referente a su
formación. De hecho, el anteproyecto de la ley señala que «la enseñanza en
la etapa de formación de los extranjeros para su acceso a la condición de
militar de tropa y marinería tendrá como una de sus finalidades la de
transmitir los conocimientos esenciales sobre la Constitución, historia y
cultura de España».
   Derechos y deberes. Aunque el ministro
de Defensa deberá llevar al Congreso una Ley centrada exclusivamente en
este aspecto, regulado hasta el momento en cuanto a los derechos y deberes
fundamentales por la Constitución y las Reales Ordenanzas, la nueva norma
de la Carrera Militar ya apunta algunas cuestiones al respecto. Por
ejemplo, la Ley hace hincapié en que se deben redoblar los esfuerzos para
alcanzar una verdadera igualdad de trato entre hombres y mujeres.
   Éstas representan el trece por ciento de los militares españoles.
Asimismo, introduce permisos en los supuestos de parto o adopción, tanto
para las madres como para los padres, equiparando éstos a los que gozan
los funcionarios de la Administración General del Estado. Y pretende
equiparar, igualmente, las retribuciones de los militares con las de los
funcionarios civiles, adaptando, eso sí, los sueldos a las características
de las Fuerzas Armadas. Como deber, entre otros, señala que los militares
profesionales estarán en disponibilidad permanente para el servicio,
«materializada de forma adecuada al destino que se ocupe y a las
circunstancias de la situación». El hecho es que esta disposición podría
chocar con un aspecto regulado para la nueva Unidad Militar de
Emergencias, ya que los efectivos que presten servicio en ésta recibirán
un sueldo mayor que el resto por tener una disponibilidad permanente, algo
que ha recibido las críticas de no pocos militares. Por último, en este
apartado se regula también el servicio de asistencia religiosa a los
militares. Para los miembros católicos de las Fuerzas Armadas ya existe el
arzobispado castrense, que provee sacerdotes para el servicio en las
unidades. Pero en el caso de que el militar sea evangélico, judío o
musulmán, también podrá recibir asistencia religiosa.
   
   Claves
   >Creación de la Universidad Nacional de la
Defensa, que contará con la Escuela de Tecnología y Ciencias
Experimentales, la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales y la Facultad
de Ciencias Económicas y Empresariales.
   >La formación de los
extranjeros incluirá conocimientos esenciales sobre la Constitución e
historia y cultura de España.
   >Para el ascenso a teniente
coronel se exigirán titulaciones obtenidas en el ámbito del
perfeccionamiento.
   

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