El TJUE pide a Croacia examinar asilo de personas que llegaron irregularmente
El Periodico, , 27-07-2017El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) señaló hoy que Croacia es responsable de examinar las solicitudes de protección internacional de las personas que cruzaron en masa su frontera de forma irregular desde fuera de la Unión Europea durante la crisis migratoria de 2015 y 2016.
Varios refugiados afganos y sirios entraron en Croacia desde Serbia en 2016 y las autoridades croatas organizaron su transporte hacia la frontera con Eslovenia para que pudieran presentar en otros Estados miembros sus solicitudes de protección internacional.
Eslovenia y Austria, los países que acabaron recibiendo estas solicitudes, consideraban que, ya que estas personas habían entrado ilegalmente en Croacia, era su responsabilidad examinar las peticiones de protección, una idea que ha respaldado hoy el tribunal.
“La admisión en el territorio de un Estado miembro de un nacional de un país no miembro de la Unión no puede calificarse de visado, aunque esa admisión se explique por una situación extraordinaria caracterizada por una afluencia masiva de personas desplazadas a la Unión Europea”, apunta la sentencia.
Sin embargo, el tribunal también recordó que no debe ejecutarse el traslado de un solicitante de protección internacional al Estado miembro responsable del examen de su solicitud si, a causa de la llegada de un número excepcionalmente alto de nacionales de países no miembros de la Unión, existe un “peligro real” de que el interesado sufra un trato inhumano o degradante.
Por otra parte, en otra sentencia, el tribunal señaló que un solicitante de asilo puede alegar que un Estado miembro ha pasado a ser responsable del examen de su solicitud al haber expirado el plazo de tres meses del que disponía para pedir a otro país comunitario que se hiciera cargo.
Según la corte, dicho plazo comienza a contar antes de la presentación de una solicitud “formal” de asilo, si ha llegado a la autoridad competente un documento escrito que acredite que se solicitó protección internacional.
Los jueces llegaron a esa conclusión tras examinar el caso de un ciudadano eritreo que solicitó asilo en Alemania aunque previamente había sigo registrado en Italia.
Las autoridades alemanas quisieron pasar su expediente a las italianas pero el demandante de asilo impugnó esa decisión al considerar que la responsabilidad de examinar su solicitud se había transferido a Alemania.
El reglamento Dublín III que determina el Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional, establece que la petición de toma a cargo deberá formularse, a más tardar, dentro de un plazo de tres meses a contar desde la fecha de la presentación de la solicitud de protección internacional.
Una vez expirado ese plazo, señala que la responsabilidad de examinar la solicitud corresponderá al Estado miembro ante el que se haya presentado la solicitud de protección internacional.
Este ciudadano eritreo alegó que las autoridades alemanas dirigieron a las italianas la petición de toma a cargo cuando ya había expirado el plazo de tres meses.
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