LA SENTENCIA APELA A LA LIBERTAD RELIGIOSA JUSTICIA
UN JUEZ AVALA EL VELO ISLÁMICO EN EL TRABAJO
Condena a la empresa Acciona por sancionar hasta cinco veces a una de sus empleadas del aeropuerto de Palma que se negó a quitárselo
El Mundo, , 14-02-2017Un Juzgado de Palma ha dado la razón a Ana Saidi Rodríguez, la mujer musulmana que denunció a su empresa por impedirle llevar el velo islámico –en la modalidad conocida como hiyab– en su puesto de trabajo, un empleo de atención al público en los mostradores de facturación del aeropuerto de la capital balear.
Al filo de los 40 años de edad, esta mujer española (hija de padre marroquí y de madre albaceteña convertida al Islam) ha ganado el pulso que mantiene desde hace más de un año contra Acciona, el gigante de las infraestructuras y del sector energético para el que trabaja.
La juez Pilar Ramos considera que la prohibición, ejercida bajo el argumento de cuidar la neutralidad y el laicismo en la estética de la compañía, vulnera el derecho de esta ciudadana a la libertad religiosa. Un precepto protegido en el artículo 16 de la Constitución, que, según recoge la sentencia, «garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley».
En consecuencia, el Juzgado de lo Social 1 de Palma, ha condenado a la empresa empleadora, encargada de los servicios de handling del aeropuerto de Son Sant Joan, a que le permita llevar el hiyab mientras ocupa su puesto de trabajo y atiende al público.
La empresa alegó que se limitaba a cumplir el propio código de imagen personal y de vestuario que rige para toda su plantilla. Y que no había un veto a un elemento religioso sino que no se permite ningún «símbolo religioso y político», únicamente el vestuario oficial.
La juez considera contrarias a la ley las sanciones que, en la pugna mantenida entre la empleada y su empresa por el uso del velo, le fueron impuestas a esta azafata de tierra por desobedecer las órdenes de que trabajara sin esta prenda. En apenas un verano, entre abril y julio del año pasado, fue sancionada hasta en cinco ocasiones, llegando a ser castigada con una suspensión de 60 días de empleo y sueldo.
Aunque el fallo no es firme y puede ser recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, la jueza ordena a Acciona el «cese inmediato» de esta actuación y que pague a la trabajadora los 4.491 euros que dejó de percibir debido a las suspensiones que sufrió motivadas por su persistencia en el uso del velo. Asimismo, le reconoce el derecho a ser indemnizada por daños y perjuicios con otros 7.892 euros debido a la situación de ansiedad y estrés que alegó haber sufrido y que ha documentado con informes médicos.
En una entrevista concedida a EL MUNDO en 2015, Saidi explicó su historia, relatando que, aunque siempre ha sido musulmana, cuando empezó en la compañía su «conocimiento del Islam era por entonces muy básico. Cumplía pero sin más, sin profundizar. Sin embargo, llegó un momento en el que empecé a plantearme el tema del velo. Me parecía bastante absurdo tener que llevar un velo en el bolso y ponérmelo sólo para entrar en la mezquita. Llevar el velo es un precepto religioso, así que decidí cumplirlo. Se trata de una cuestión de fe, de una decisión estrictamente religiosa».
La sentencia del juzgado de Palma va en contra de la doctrina del Tribunal de Justicia de la UE. En mayo pasado, la abogada de la UE defendió en una demanda similar que las empreas europeas puedan prohibir a sus empleadas que lleven velo porque ese símbolo vulnera la neutralidad religiosa.
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