Las niñas musulmanas deben ir a clase mixta de natación para evitar la exclusión
Estrasburgo falla contra unos padres que no querían llevarlas por motivos religiosos
La Voz de Galicia, , 11-01-2017El derecho a la educación y a la integración prima sobre la interpretación particular que pueda hacerse de una religión. De ahí que los padres no pueden prohibir a sus hijas acudir a las clases mixtas obligatorias de natación que se dan en los colegios. Eso es lo que se desprende del fallo dado a conocer ayer por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo en el que da la razón a la autoridad educativa suiza que impuso en el 2010 a unos padres suizo-turcos una multa de 350 francos (1.292 euros) por progenitor y menor por no enviar a sus dos pequeñas a esa clase. Su argumento era que atentaba contra su derecho a la libertad religiosa. Las niñas no habían pasado aún la pubertad y el centro les ofreció la alternativa de que pudieran llevar burkini.Los recursos presentados posteriormente por los padres fueron rechazados porque, como informa Efe, «el derecho de los interesados a la libertad de conciencia y de creencia no había sido vulnerado». En el fallo, la Corte Europea hace suya esa idea y afirma que la multa es «proporcionada» al objetivo perseguido: que los hijos acudan a cursos obligatorios «en su propio interés y en el de una socialización e integración exitosa para los niños». La sala tercera del Tribunal de Estrasburgo, presidida por el juez español Luis López Guerra, cree que el interés público debe prevalecer sobre el privado.
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Fuentes de la comunidad musulmana gallega indicaron que casos como este no se han dado en Galicia y la negativa de los padres a enviar a las niñas a esa clase es una interpretación particular que ellos hacen en base a su cultura, que no es lo mismo que la religión islámica. Además, recuerdan que todas las religiones monoteístas, desde la judía a la cristiana, hacen interpretaciones en base a su cultura.El catedrático de Derecho Eclesiástico de la Universidade de A Coruña (UDC), Juan Ferreiro, avala el fallo de Estrasburgo. Explica que estamos hablando de algo que ocurre en un colegio público de un país de Europa «donde hay un código jurídico de valores para todo el mundo». En este sentido, añade que «en primer lugar hay que garantizar la integración de todos los alumnos, al tiempo que hay que respetar los derechos fundamentales de todos ellos. Pero uno es recibir una educación completa e integradora. Por tanto, no puede permitirse eliminar una materia obligatoria, y más cuando los padres tienen la alternativa de que las niñas lleven burkini. Los padres estarían extralimitándose en su interpretación de la religión».Lo que no puede compararse este hecho con la polémica prohibición del uso del burkini por parte de algunos alcaldes franceses. «La playa es un espacio público en el que cada uno se baña como quiere. De hecho, el Consejo de Estado francés levantó la prohibición», explica. Y dice que tampoco puede compararse este caso de ahora en Suiza con el amplio debate abierto en su día en España sobre el velo en las escuelas. «Llevar velo es parte de la libertad religiosa, otra cosa es que fueran con burka porque educar es hablar y también hablamos con gestos. Con el burka no puede usarse el lenguaje gestual».
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