La corte de Estrasburgo ordena a las niñas musulmanas suizas ir a clases de natación mixtas

El tribunal considera que el interés público de la escolarización está por encima del privado

El País, Lucía Abellán , 10-01-2017

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos cree que el derecho de los escolares a recibir clases de natación prevalece sobre las convicciones religiosas. Esta institución, que juzga posibles violaciones de los derechos humanos en 47 países europeos, ha fallado este martes en contra de un matrimonio musulmán que se negó a que sus hijas fueran a clases mixtas de natación en Suiza. El tribunal con sede en Estrasburgo ha considerado que el derecho de todos los niños a gozar de una escolarización completa y que permita la integración social prima sobre las prácticas religiosas. Es la primera vez que este tribunal se pronuncia sobre la asistencia de niñas musulmanas a clases de natación.

El caso se originó cuando la pareja, con doble nacionalidad suiza y turca y residente en Basilea, se opuso a los cursos de natación obligatorios para sus hijas, nacidas en 1999 y 2001. El colegio informó en 2008 a la familia de que la asistencia era obligatoria e incluso intentó mediar con alternativas. La dirección ofreció a los padres que las niñas llevaran burkini, un bañador que cubre todo el cuerpo y la cabeza, y también que pudieran desvestirse en salas separadas de los chicos, pero los padres mantuvieron su negativa. Ante la falta de acuerdo, las autoridades les impusieron en 2010 una multa total de 1.400 francos suizos (alrededor de 1.300 euros, de un máximo cercano a los 2.000 euros), por “incumplimiento de responsabilidades paternas”.

La sentencia recoge con claridad el choque entre unos padres “fervientes practicantes de la religión musulmana” y unas autoridades que deben garantizar la igualdad de oportunidades entre los escolares. La familia rechazó la asistencia de sus hijas a las clases antes de comenzar la adolescencia, momento en que el sistema escolar suizo ya ofrece natación separada entre chicos y chicas. Los progenitores alegaron que, "incluso aunque el Corán solo obliga a cubrir el cuerpo de la mujer a partir de la pubertad, sus creencias les indicaban que debían preparar a sus hijas para los preceptos que les serían aplicados a partir de la pubertad”, según el texto legal.

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