Condenado a un año por realizar tocamientos a una mujer en Pasai Antxo
Los hechos tuvieron lugar en 2014 cuando la mujer se dirigía a la estación de Eusko Tren
Diario Vasco, , 12-04-2016Un ciudadano ecuatoriano ha sido condenado a un año de cárcel por someter a distintos tocamientos de carácter sexual a una mujer, en contra de su voluntad, cuando ésta se dirigía a la estación de Eusko Tren de Pasai Antxo. Según la sentencia del caso, a la que hoy ha tenido acceso EFE, los hechos sucedieron sobre las 8.40 horas del 6 de agosto de 2014, cuando el acusado se encontraba en las inmediaciones del frontón situado junto a la citada estación, junto a su perro de raza american stafforshire “que llevaba sin correa ni bozal”.
En ese momento, el inculpado vio pasar a su víctima, quien se dirigía a coger el topo, y se acercó a ella para preguntarle “por un locutorio”, tras lo que le dijo “si quería jugar con él”.
La perjudicada le pidió que “la dejara en paz”, instante en el que, “guiado de un ánimo libidinoso”, el hombre “comenzó a tocarle las nalgas por encima de la ropa, al tiempo que le levantaba el vestido por su parte trasera”.
“Ante este hecho – prosigue el texto judicial – , la mujer se giró para requerirle que cesara en su actitud, lo que fue aprovechado por el acusado para mostrarle una foto de un pene que tenía en su teléfono móvil y preguntarle si le gustaba”.
Al llegar al torno de acceso a la estación, el encausado, que “desde el primer momento había estado siguiendo junto a su perro” a la perjudicada, se situó detrás de ella, accedió al andén y siguió tocándole las nalgas y levantándole el vestido".
La sentencia aclara que, “en un momento determinado”, el hombre “arrinconó” a la joven contra una pared, por lo que ésta comenzó gritar pidiendo auxilio hasta que acudió una mujer y el procesado huyó del lugar.
Orden de alejamiento
Durante el juicio por estos hechos, el hombre se mostró conforme con la pena que solicitó la Fiscalía, por lo que ahora ha sido condenado a un año de prisión como responsable de un delito de agresión sexual. Asimismo, el acusado no podrá comunicarse con su víctima ni aproximarse a ella durante tres años.
No obstante, la sentencia acuerda la suspensión de la pena de prisión impuesta por un período de tres años, condicionada a que no vuelva a delinquir durante este tiempo.
Asimismo, establece una medida de libertad vigilada para el procesado, condicionada a la obligación de participar en programas de educación sexual.
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