El Consell acude al Constitucional para legalizar su norma sanitaria
El decreto autonómico para atender a inmigrantes sin papeles está suspendido por el recurso interpuesto por el Gobierno central
Las Provincias, , 15-12-2015La Generalitat presentó ayer sus alegaciones al recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno central contra el decreto – ley con el que el Consell pretendía otorgar «acceso universal» a la atención sanitaria a los extranjeros en situación irregular que vivan en la Comunitat. La Generalitat justificó que había una «extraordinaria y urgente» necesidad para aprobar la norma por la «urgencia» de paliar la situación de colectivos con acceso limitado o no reglado a la sanidad pública valenciana.
La Administración autonómico recurre así al Tribunal Constitucional, que admitió a trámite a principios de noviembre el recurso del Gobierno central contra esta ley valenciana lo que supuso la suspensión automática de la normativa.
El Ejecutivo de la nación argumentaba que la norma valenciana «vulnera la competencia estatal para establecer el ámbito objetivo y subjetivo de la sanidad e incurre en extralimitación competencial porque regula una materia que corresponde exclusivamente al Estado». La Generalitat ha pedido al Constitucional el levantamiento de la suspensión de la ley.
Asimismo, añadió que la norma recurrida pretende, atendiendo al principio de universalización de la atención sanitaria proclamado en la Ley 10/2014, de Salud de la Comunitat «garantizar a aquellas personas extranjeras que cumplan los requisitos de inclusión del artículo sexto, el acceso a las prestaciones sanitarias, en igualdad de condiciones y en el ámbito de la Comunitat».
Sobre el título competencial, indicó que el derecho a la protección de la salud en la Comunitat, reconocido en el artículo 43 de la Constitución, se ejerce en el marco de las competencias previstas en el Estatuto de Autonomía «mediante la ordenación de la asistencia sanitaria, así como la prevención de la enfermedad y la protección y promoción de la salud individual y colectiva».
Señaló también que las comunidades autónomas pueden dictar normas «en virtud de sus respectivas competencias dirigidas a una mejora en su ámbito territorial».
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